[01-06-21] Renuncia destino adjudicado en colocación de efectivos y solicitud declaración inactivo en las bolsas.
Pregunta
Soy interina con más de 10 años de tiempo de servicio y llevo ya varios con vacante informatizada en Agosto, mi pregunta es si podría renunciar este año a la vacante informatizada y como podría hacerlo.
Respuesta
Para poder renunciar al puesto adjudicado en el procedimiento de colocación de efectivos sin ser excluido de la bolsa, debe concurrir alguna de las circunstancias de excepción a la exclusión de las bolsas recogidas en el art. 51 de la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.
a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el personal funcionario de carrera, o en el artículo 63.2 de la presente orden, para el personal funcionario interino.
b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
En el supuesto de que concurriera alguna de estas circunstancias, deberá solicitar la no incorporación al puesto adjudicado en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales, mediante el formulario asociado a la misma, al que podrá acceder a través de la sede electrónica de la Consejería de Educación, debiendo tener en cuenta que en el caso de que fuera presentado fuera de dicho plazo la solicitud le será denegada. Una vez presentado, la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (DGPGRH) resolverá lo que proceda, antes del día 30 de septiembre de cada anualidad, debiendo permanecer en el centro adjudicado hasta que se dicte la resolución.
Si en su caso, no concurre ninguna de estas circunstancias la única opción sería solicitar pasar a la situación de inactivo en la bolsa o bolsas a las que pertenezca cuando participe en el procedimiento de colocación de efectivos, tal y como aparece recogido en el art. 48 de la citada Orden, y en las convocatorias de adjudicación de destinos provisionales que se realizan anualmente. En este sentido en la última convocatoria realizada para el curso 2020/2021 se establecía que para solicitar pasar a la situación de inactivo debía cumplimentarse el apartado 2 del Anexo II de la Resolución de convocatoria.
La DGPGRH resolverá las solicitudes de inactividad en las bolsas, debiendo tener en cuenta en cualquier caso, que una vez se le declare en situación de inactivo, podrá solicitar pasar a la situación de activo por una sola vez, en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primer y segundo trimestres de cada curso.
Por último, indicarle que, una vez finalizado el curso académico, volverá a la situación de activo en la bolsa o bolas a las que pertenezca.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía