[16-06-21] Incompatibilidad para desarrollar actividad como PSI Universidad.
Pregunta
Tengo dudas de si es posible poder compatibilizar una plaza de "Profesor Sustituto Interino" de universidad con la de funcionario de Profesor Técnico de FP. Se que es posible con la condición de profesor Asociado, pero me surgen dudas con la categoría de PSI. Hay foros y documentos, como el siguiente: https://www.uma.es/secretariageneral/normativa/propia/consejo/Mayo_2019/Anexo09.pdf que vienen a afirmar que no existe problema en la compatibilidad, pero me gustaría conocer con más detalle esta afirmación. GRACIAS
Respuesta
En la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, solo se hace referencia en el art. 4 a la figura del profesor universitario asociado en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada, por lo que en principio entendemos que solo sería compatible en estos casos.
De hecho en la Resolución de 21 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía cuando se recogen en el art. 14 las modalidades de contratación, solo incluye entre las categorías ordinarias de personal docente a tiempo parcial la de profesor asociado y profesor asociado de concierto con las instituciones sanitarias (CIS), estando incluida la figura del de profesor sustituto interino en otra categoría diferente, ya que de hecho el contrato normalmente será a tiempo completo, por lo que no podría ser compatible.
Además de lo expuesto, debe tener en cuenta que en las convocatorias para la constitución de bolsas de trabajo de personal sustituto interino, se recoge expresamente que este personal está sometido al régimen de incompatibilidades de la Ley 53/1984.
En cualquier caso, y teniendo en cuenta lo anterior, si lo desea y si la contratación fuera a tiempo parcial, y no incidiera en su jornada laboral, podría solicitar la compatibilidad antes de la firma del contrato y esperar respuesta.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de la Federación de Enseñanza de CCOO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía