[18-06-20] Solicita tu exención si eres personal sensible o tiene problemas de conciliación.

CC.OO., en el marco de la Mesa General de la Función Pública, trabajó activamente y suscribió el pasado 8 de mayo el Acuerdo por el que se aprueba el plan de incorporación progresiva de la actividad presencial de la Administración de la Junta de Andalucía. Dicho acuerdo, de obligado cumplimiento por todas las Administraciones de la Junta de Andalucía, fue refrendado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el pasado 18 de mayo y publicado en BOJA el día 22 de ese mismo mes, una publicación que le da un marco legal mayor, si cabe, a este Acuerdo.
 
La Consejería de Educación, por su parte, ha publicado el pasado 13 de junio instrucciones sobre la incorporación presencial del personal docente a los centros educativos una vez finalizado el régimen ordinario de clases.
 
Este Acuerdo de la Mesa General y del Consejo de Gobierno, señala en su punto II que “tiene como objeto servir de marco general que garantice la homogeneidad en las Consejerías y el sector público instrumental a la hora de establecer medidas de carácter preventivo, para evitar los riesgos derivados del coronavirus COVID-19 en el momento de reincorporación a los centros de trabajo, “ incluyendo entre otras medidas, la exención de incorporación al personal empleado público especialmente sensible y personas con menores de 14 años o personas dependientes a su cargo.
 
La Consejería de Educación, de modo interesado, ha obviado en sus instrucciones la exención de los trabajadores/as de la educación que posean a su cargo personas menores de 14 años y dependientes, manteniendo en el texto sólo la exención por vulnerabilidad.
 
Pero no incluir los motivos de conciliación en las Instrucciones emitidas por la Consejería de Educación no exime del cumplimiento de un derecho recogido en un acuerdo sindical, refrendado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicado en BOJA.
 
Si eres trabajador de un centro educativo.

Si como trabajador/a de un centro educativo eres personal vulnerable o tienes problemas de conciliación en los términos expuestos, solicita la exención de incorporación según contempla la publicación en BOJA, que no ha sido derogada, y solicita que se te considere tanto tu vulnerabilidad como tu derecho a conciliar, en los términos que se señalan: atención a menores de 14 años o personas dependientes a tu cargo, que lo debe ser mediante flexibilización horaria laboral, atención semipresencial combinada o el teletrabajo a jornada completa, según tu caso.
 
Si eres director o directora.

Como corresponde, debes hacer uso de las instrucciones remitidas por la Consejería de Educación sobre la incorporación del profesorado a partir del periodo no lectivo pero, y a su vez, en aquellas cuestiones no contempladas, debes hacer uso de la norma publicada en BOJA por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía que no contradice, y más bien complementa, la remitida por la Consejería de Educación. Si se te requiere el desarrollo de una actividad no incluida o se te indica no autorizar un derecho contemplado, solicítalo siempre por escrito.

La Administración educativa, una vez más, quiere dejar recaer en ti una responsabilidad que le corresponde lo que puede suponerte un perjuicio y responsabilidad administrativa fruto de la irresponsabilidad de la Administración educativa.
 
La asistencia presencial.

Recuerda que las instrucciones de la Consejería de Educación determinan que la actividad presencial lo puede ser sólo tras la finalización de la actividad lectiva (punto 1), que la asistencia no es colectiva sino escalonada (punto 4), que de forma telemática debe realizarse toda actividad que sea compatible con esta modalidad (punto 4) y que sólo se realizarán actividades presenciales relativas a sesiones de evaluación, recogidas de libros y material, documentación administrativa, atención a reclamaciones de familias y alumnado, y tareas de preparación del próximo curso, siempre y cuando estas no pueden realizarse telemáticamente (punto 5). No caben reuniones de claustro ni actividades colectivas con  la personación de todos los docentes y trabajadores/as del centro.
 
Ponte en contacto con nosotros si requieres de nuestro asesoramiento.

CC.OO. trabaja siempre con y por los trabajadores/as de los centros educativos.
 
Acuerdo 18 de mayo – BOJA

Instrucciones asistencia presencial fin de curso

Solicitud exención personal sensible o por conciliación

Comparte esta noticia: