[16-06-21] Modificación del Informe de Vida Laboral por tener periodos con grupo de cotización inferior al que le corresponde para su cómputo por Clases Pasivas.
Pregunta
Soy docente de clases pasivas desde septiembre de 2000 y este año he cumplido 60. Mi idea es jubilarme en septiembre. Anteriormente he trabajado en un centro de enseñanza privada desde octubre de 1986 hasta enero de 2000. Sin embargo, he observado un grave error en mi vida laboral puesto que los años trabajados como profesor en dicho centro privado aparecen en el nivel 3. Me he puesto en contacto con el centro, el cual me ha certificado por escrito que he trabajado como profesor desde noviembre de 1989 hasta enero de 2000, fecha en que causé baja voluntaria. Además, conservo las nóminas de ese periodo en que fui profesor y coticé en el nivel 1.
Hace dos semanas he solicitado a la Tesorería de la SS el subsanamiento del error. Aún no me han contestado, Me siento indefenso y perdido en unas circunstancias sobrevenidas. Por ello, solicito ayuda de los servicios jurídicos de nuestro sindicato.
Muchas gracias
Respuesta
Efectivamente si estuvo trabajando como profesor en un centro concertado le correspondería que las cotizaciones realizadas durante dicho periodo fueran en el nivel 1 en función de lo estipulado en el Anexo del Real Decreto 691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social, en el que se recogen las tablas de equivalencias entre los diferentes regímenes de la Seguridad Social, recogiéndose que las cotizaciones realizadas al Régimen Especial de Trabajadores por cuenta ajena o autónomos de personal que cuente con la titulación de ingeniero o licenciado se entenderán realizadas en el nivel 1 cuya equivalencia es con el Grupo A (actual Subgrupo A1) del Régimen de Clases Pasivas del Estado.Una vez expuesto lo anterior, indicarle que entendemos por lo que comenta que su actuación ha sido la correcta ya que cuando se considere que el grupo de cotización de un periodo cotizado que aparece en el Informe de Vida Laboral (IVL) no se corresponde con la categoría de la actividad realmente desempeñada sino con otra inferior, se debe solicitar a la empresa en la que se desempeñó dicha actividad que acredite la categoría profesional ostentada mediante una certificación. Con dicha certificación, así como con cualquier otro medio de prueba que se pueda tener (contrato, nóminas…), se debe presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) una instancia solicitando que modifique el grupo de cotización el IVL, en base a la Resolución de 09/12/1993 de la Dirección General de Ordenación Jurídica y entidades colaboradoras de la Seguridad Social sobre la validez de los certificados de Empresa a efectos de cómputo recíproco, indicando, que al ser funcionario de carrera y pertenecer al Régimen de Clases Pasivas del Estado, es determinante el grupo de cotización a la hora de fijar la cuantía de la pensión, a diferencia de lo que ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social.
Es por ello por lo que ahora lo que debe hacer es esperar la respuesta, y en el caso de que se demore ésta, le recomendamos que solicite cita para instar el pronunciamiento expreso.
Por último y en cualquier caso, si lo desea puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial para que le ayuden y en el caso de que sea preciso le faciliten cita con la asesoría jurídica de su provincia.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía