[23-06-20] Exención por vulnerabilidad y conciliación de la actividad presencial

El acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de Andalucía de 8 de mayo suscrito por CC.OO. y refrendado por el Consejo de Gobierno y publicado en  BOJA de 18 de junio de 2020, se encuentra en vigor hasta el 30 de junio de 2020. Por lo tanto, las medidas de exención de los trabajadores/as de los centros educativos públicos, tanto por ser personal vulnerable como por tener menores de 14 años o personas dependientes a su cargo, se encuentran en vigor. Querer impedir que el profesorado no pueda disfrutar de este derecho reuniendo los requisitos, puede conllevar sanciones administrativas para quienes lo dificulten, incluida la inspección educativa o las direcciones de los centros educativos, una cuestión que se debe tener en cuenta.

Que las instrucciones de la Consejería de Educación de reincorporación de la actividad presencial sólo especifiquen motivos de vulnerabilidad para la exención, no conlleva que no sea de obligado cumplimiento los motivos de conciliación determinados en BOJA como las delegaciones territoriales están notificando a los centros educativos. Debe tenerse en cuenta, además, que las personas que hayan solicitado exención por pertenecer a un grupo vulnerable, no se incorporarán al trabajo presencial hasta que no se valore su situación personal y laboral.

El nuevo acuerdo de la Mesa General de la Función Pública de 19 de junio de 2020 suscrito por CSIF y UGT y no refrendado por CC.OO., es de aplicación a partir del 1 de julio y limitará el derecho de exención por razones de conciliación a los trabajadores de los centros educativos. Será éste un perjuicio que sufriremos a partir del 1 de septiembre (en las pruebas de acceso a estudios superiores incluso en julio) por una cesión inconcebible de CSIF y UGT sobre un derecho que CC.OO. había logrado y que esta nueva firma modifica, algo injustificable.

Comunicado delegaciones exención por conciliación y vulnerabilidad

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