[28-06-21] Horario vocales tribunales oposiciones

Pregunta

¿Es legal estar corrigiendo exámenes de la oposición, desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche ininterrumpidamente, durante varios días seguidos, y sin haber temido descanso en el fin de semana? ¿Me puedo negar a permanecer tantas horas seguidas trabajando? ¿Hay alguna normativa referente al trabajo de los miembros del tribunal durante las oposiciones de secundaria? Muchas gracias.

Respuesta

No existe ninguna disposición normativa donde se recoja el horario en el que los vocales deben desarrollar las labores de corrección, lo único que hay previsto es que cuanto mayor sea el número de plazas asignadas a cada tribunal, mayor será el importe de las cantidades que se abonan por la asistencia, en función de lo recogido en el Decreto 54/1989 de 21 de marzo  sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía en su redacción dada por el Decreto 157/2007 de 29 de mayo (BOJA de 4 de junio) donde se establece en su art. 31 que se abonarán las asistencias por la concurrencia a los tribunales y órganos de selección de personal según el número de plazas asignadas a cada uno de los tribunales y órganos de selección, según la siguiente clasificación:  

- Categoría A: Más de 1.001 plazas.

- Categoría B: Entre 501 y 1.000 plazas.

- Categoría C: Entre 101 y 500 plazas.

- Categoría D: Entre 26 y 100 plazas.

- Categoría E: Entre 1 y 25 plazas.

A cada tribunal le corresponde una asignación general que deberá ser repartida entre sus miembros de forma proporcional a su efectiva participación en el proceso selectivo, cantidad que dependiendo de la categoría será:

A) 20.000,00 euros.

B) 15.000,00 euros.

C) 10.000,00 euros

D) 7.500,00 euros.

E) 5.000,00 euros.

Asimismo, está contemplada una asignación individual por la asistencia a las pruebas presenciales, siendo la cuantía de ésta, en el caso de los exámenes orales o lectura, de 100 euros por día y en el caso de exámenes escritos, de 60 euros por día.

No obstante lo anterior, y aunque no haya ninguna disposición al respecto, entendemos que es una jornada muy extensa y que el agotamiento puede resultar muy perjudicial para la realización de una tarea que requiere concentración y precisión a fin de salvaguardar el derecho de los opositores a ser evaluados con todas las garantías, no debiendo convertirse la oposición en un mero trámite, sino en un ejercicio de "impartición de justicia", por lo que consideramos debería plantearlo en el tribunal y tomar las decisiones democráticamente en el seno del mismo.

En cualquier caso, lo que no puede hacer es negarse a desempeñar sus funciones como vocal, ya que esta labor es una parte más de su trabajo como docente, estando por lo tanto obligado a desempeñarla con la mayor diligencia posible.

Si necesita alguna aclaración puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.