[30-06-21] Participación colocación efectivos personal beneficiario de comisión de servicio
Pregunta
Voy a participar en la colocación de efectivos por 2 colectivos (comisión de servicios y funcionarios que van a puesto específico). Mi pregunta es cuando salga la resolución definitiva deberé renunciar a uno de los destinos, cierto? Cómo y cuánto tiempo tengo para eso?
Gracias de antemano.
Respuesta
Usted solo participa por el colectivo recogido en el apartado f) del punto 1 de la base primera de la Resolución de 15 de junio de 2021 (BOJA de 21 de junio) es decir por el colectivo del personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio, ya que el colectivo al que hace referencia el apartado 2 de dicha base es “el personal funcionario de carrera que no perteneciendo a ninguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior, solicite expresamente centros y puestos de los recogidos en el apartado 2 de la base duodécima de la presente convocatoria y en los Anexos V y VI de esta resolución, de reunir, en el último caso, los requisitos para su desempeño.”
Por lo expuesto, al pertenecer usted al colectivo recogido en el apartado f), no podría participar por el colectivo recogido en el apartado 2 de dicha base primera, ya que éste está reservado para el personal funcionario de carrera que no participa por ningún otro colectivo.
No obstante lo anterior, lo que sí puede hacer es, dentro de su colectivo, solicitar centros y puestos específicos de los recogidos en el apartado 2 de la base duodécima y en los Anexos V y VI, siempre que reúna los requisitos para su desempeño, tal y como aparece recogido en la base sexta de la citada Resolución de 15 de junio de 2021 donde respecto a la petición de destino se dispone que:
Sexta. Personal funcionario de carrera beneficiario de una comisión de servicio.
1. Petición de destino.
1.1. El personal funcionario de carrera beneficiario de una comisión de servicio para el curso académico 2021/2022 deberá participar en este procedimiento del siguiente modo:
a) El personal funcionario de carrera con destino definitivo deberá solicitar puestos de trabajo de la especialidad por la que accedió al puesto de destino definitivo, en cualquier centro, servicio educativo, zona o localidad.
b) El personal funcionario de carrera que nunca haya obtenido un destino definitivo deberá solicitar puestos de trabajo de la especialidad de ingreso al cuerpo docente, en cualquier centro, servicio educativo, zona o localidad. Este personal estará obligado, además, a participar en este procedimiento por el colectivo de «Personal funcionario de carrera sin destino definitivo», de conformidad con lo establecido en la base séptima.
En ambos casos, este personal podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en el apartado 2 de la base duodécima y en los Anexos V y VI, de la presente convocatoria, de reunir los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la que corresponda en función del supuesto por el que participe, la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto.
1.2…
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.