[01-07-21] Solicitud puestos media jornada y reducción de jornada colocación efectivos
Pregunta
Estoy pensando en pedir una reducción de jornada para el curso que viene en el caso de que no apruebe con plaza las oposiciones. Mi pregunta es la siguiente: en la colocación de efectivos está la posibilidad de solicitar media jornada en todos los centros, pero entiendo que no todos los centros la ofertarán ¿ Cómo podría yo saber que centros dispones de media plaza o dos tercios de plaza para mi especialidad: 007 física y química?
Muchas gracias.
Respuesta
Si está haciendo referencia a puestos a media jornada a los que se refiere la base tercera de la Resolución de 15 de junio de 2021 (BOJA de 21 de junio), debe tener en cuenta que solo se oferten puestos a media jornada en Escuelas Oficiales de Idiomas y resto de Enseñanzas de Régimen Especial, por lo que en su caso al tratarse de puestos de la especialidad de Física y Química del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, lo único que podría hacer sería solicitar una reducción de jornada por cuidado de hijo o de familiares o una reducción de jornada por interés particular, lo cual deberá manifestar en el apartado 7 del Anexo II, debiendo adjuntar la documentación acreditativa correspondiente, en el caso de la reducción de jornada por cuidado de hijo o familiares.
En cualquier caso, debe tener en cuenta que una vez publicada la resolución definitiva dispone del plazo de cinco días hábiles para renunciar a la reducción de jornada solicitada.
En el supuesto de que solicite la reducción de jornada por cuidado de hijo o de familiares, el porcentaje de reducción será de un tercio o de la mitad de la misma, percibiendo un 80% o 60% respectivamente, de la totalidad de las retribuciones, tanto básicas como complementarias, incluidos los trienios, sexenios y pagas extras en el caso de que hubiese prestado una jornada reducida en los periodos anteriores al devengo de las citadas pagas, tal y como aparece recogido en el apartado III.9 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre permisos y reducciones de jornada del personal docente. La reducción deberá distribuirse de manera que afecte de forma proporcional a la parte lectiva y a la no lectiva, siendo incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad económica, remunerada o no, durante el horario objeto de la reducción.
En el caso de la reducción de jornada por interés particular, la reducción será de hasta un 10% con la correspondiente deducción proporcional de retribuciones, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, tal y como aparece recogido en el apartado III.15 de la citada Circular. Dicha reducción afectará de forma proporcional a la parte lectiva y a la no lectiva, debiendo recaer la reducción que afecta a la parte lectiva, preferentemente, sobre horas de docencia no directa.
En cualquier caso, está previsto que si tras aplicar la reducción correspondiente, se originase un horario con alguna sesión lectiva incompleta, se deberá aplicar la proporcionalidad que permita poder impartir docencia en la totalidad de la sesión lectiva afectada.
Por último indicarle que tanto en un caso como en otro solo se podrá solicitar la reducción de jornada por una sola vez en el curso académico, y se extenderá en todo caso hasta la finalización del mismo (31 de agosto), salvo que se de alguna circunstancia sobrevenida debidamente acreditada en el caso de la reducción por cuidado de hijo o familiares.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.