[07-07-21] Solicitud no incorporación puesto adjudicado por situación de IT

Pregunta

Me surge el siguiente problema: soy maestro interino, y durante el verano me van a realizar una intervención quirúrgica que su recuperación ronda entre los 2 y 3 meses, se supone que me adjudicarán vacante informatizada, y no sé cómo proceder. ¿Cómo me daré de baja y cuándo, me dejarán en mi plaza o me darán de baja en el sistema de sustituciones y vacantes? Muchas gracias.

Respuesta

Si la intervención se produce antes de que se publique la Resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales,  debido a que usted se encontraría en uno de los supuestos de excepción a la exclusión de las bolsas recogidos en el art. 51 de la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, concretamente el recogido en el apartado e), cuando se publique dicha Resolución, usted dispondrá del plazo de tres días hábiles para solicitar la no incorporación al puesto adjudicado, tal y como aparece recogido en el art. 53 de la citada Orden, debiendo adjuntar la documentación acreditativa correspondiente.

Una vez le sea admitida dicha solicitud, se diferirá el nombramiento y pasará a la situación de activo no disponible hasta que finalice la situación de IT, debiendo acreditar el cese de dicha situación, reconociéndosele como tiempo de servicio, en la bolsa de trabajo, el que medie entre el día que determine la convocatoria correspondiente como fecha de incorporación a la vacante y aquel en que cese la situación alegada.

En el caso de que la intervención se produzca una vez pasado el plazo de tres días desde la adjudicación, si  tiene derecho al abono del subsidio de IT por contar con ciento ochenta días de cotización dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante, y por encontrarse en situación de alta o asimilada al alta, si cuando llegue el día 1 de septiembre continúa en dicha situación deberá comunicarlo  a recursos humanos adjuntando la documentación acreditativa correspondiente, debiendo tener en cuenta que aunque no pueda tomar posesión del destino adjudicado, sí le computará el periodo que se encuentre de baja a efectos de servicios en la bolsa, tal y como aparece recogido en la base decimotercera de la Resolución de 15 de junio de 2021 por la que se realiza la convocatoria de colocación de efectivos en la que se estipula que:  

5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de 2021. No obstante, el personal funcionario interino que a la fecha citada de 1 de septiembre de 2021 se halle de baja por incapacidad temporal u otro tipo de baja o permiso que suponga pago directo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no podrá tomar posesión en el destino adjudicado hasta pasar a la situación de alta, sin perjuicio de su inscripción en el registro integrado de recursos humanos a los efectos del cómputo del período que corresponda en la bolsa de trabajo.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.