[08-07-21] Declaración IRPF cantidades recibidas por diversos conceptos

Pregunta

Soy funcionaria de carrera. La Consejería me va a abonar unas cantidades en concepto de trienios y sexenios atrasados, participación en equipos de trabajo etc… y quisiera saber cuáles son los tramos del IRPF.

Muchas gracias por adelantado.

Un saludo.

Respuesta

En primer lugar indicarle que si alguna de las cantidades a las que hace referencia le han sido reconocidas en sentencia tras la interposición de un recurso contencioso administrativo, aunque le hayan sido abonadas en el presente año, deberá realizar una declaración complementaria del ejercicio fiscal en el que fue declarada la firmeza de la sentencia, por el importe de dichas cantidades, salvo que la firmeza y el abono se hayan producido en el presente año, en cuyo caso deberá incluirla en la declaración correspondiente al ejercicio fiscal del año 2021. En el caso de que tenga que hacer una declaración complementaria porque no coincidan el año de la firmeza y el del abono, debe tener en cuenta que el plazo para realizar la declaración sería hasta el día 30 de junio del año 2022.

Además de lo expuesto, debe tener en cuenta que si la cantidad obtenida corresponde a un periodo de tiempo superior a dos años, el 30% de la cantidad percibida está exenta de tributar en aplicación del artículo 18.2 de la Ley 35/2006 de IRPF.

En cualquier caso en el Certificado de retenciones (está colgado en el portal docente de la web de la CEJA), en el apartado de “Sentencias”, aparecerá el año al que se tiene que imputar el importe retenido y el importe íntegro percibido.

En el caso de que alguna de las cantidades percibidas haya sido reconocida por la estimación de un recurso en vía administrativa, y cuya fecha de reconocimiento y abono sea el presente año, deberá incluirla en la declaración del ejercicio fiscal del año 2021, debiendo tener en cuenta que si la cantidad obtenida corresponde a un periodo de tiempo superior a dos años, el 30% de la cantidad percibida está exenta de tributar al igual que ocurre en el supuesto anterior.

Una vez expuesto lo anterior, indicarle que los tramos aprobados en el presente año son los siguientes, pero debe tener en cuenta que habrá que estar a los que se aprueben el próximo año:

Tramos IRPF 2021

Tipos a aplicar

Desde 0 hasta 12.450€ 

19%

De 12.450€ a 20.200€

24%

De 20.200€ a 35.200€

30%

De 35.200€ a 60.000€

37%

De 60.000€ a 300.000€

45%

Más de 300.000€

47%

En cualquier caso, en este enlace podrá realizar el cálculo del IRPF este año:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R210/index.zul

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.