[13-09-21] Horario maestro adscrito a centro Semi D.

Pregunta

Me gustaría conocer el máximo de horas lectivas en un SMD y máximo de horas de guardia, siendo una de éstas de recreo (ESO).

Gracias.

Un saludo.

Respuesta

Si está adscrita a secundaria, le será de aplicación el horario recogido en el art. 13 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, donde se estipula que el horario regular será de un máximo de veinticinco horas que comprenderá una parte lectiva (18 horas) y otra no lectiva (7 horas). Dentro de este horario no lectivo se encuentra entre otras actividades al servicio de guardia, respecto al cual no está fijado expresamente un número máximo de horas, por lo que será la jefatura de estudios, que es quien tiene encomendada la función de elaborar el horario individual del profesorado en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, la que deberá determinar las guardias, incluidas las de recreo, que corresponden a cada profesor o profesora.

En todo caso, se deberá tener en cuenta que la suma del número de guardias asignadas y de las actividades a desarrollar en la parte no lectiva del horario regular como son la asistencia a las reuniones de los órganos de coordinación docente, actividades de tutoría y tutoría electrónica, etc. no pueden exceder de siete horas y la suma de la parte lectiva y no lectiva del horario regular no podrá exceder de 25 horas semanales.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.