[06-08-20] Responsabilidad del profesorado ante el COVID-19: otra milonga del Sr. Imbroda

El Decálogo remitido por la Consejería de Educación a los centros educativos, un documento que por cierto no tiene validez jurídica, señala que:

“Las direcciones de los centros, al contrario de lo que se ha venido manifestando  interesadamente por algunos sectores de la comunidad educativa, no asumen responsabilidades añadidas, sino que tiene que seguir adoptando las medidas que en el uso de sus competencias le corresponde, al igual que cualquier otro curso escolar.”

Ningún Consejero, Viceconsejera o responsable educativo puede evitar que una familia acuda a un Juzgado a denunciar por lo penal a un director o directora, a un docente o un miembro del PAS, si el abogado contrario  le asesora de que la vía penal es más rápida (incluso para obtener una  indemnización económica) y  si  convence a la familia de que pudiera haber un delito de imprudencia grave por parte de los responsables del centro.

Muchos despachos privados "viven" de la responsabilidad por mala praxis médica, accidentes escolares en centros públicos y privados entre otras responsabilidades derivadas de actuaciones u omisiones de empleados públicos, auténticos expertos en ganar juicios de este tipo. 

Y tanto es así que la afirmación que la Consejería de Educación realiza, lo hace en un documento que remite a través de Séneca a los centros sin que tenga cuerpo jurídico de Decreto, Orden o al menos Instrucciones, limitándose a indicarlo en un documento de preguntas y respuestas. Otra nueva milonga del Sr. Imbroda.

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