[27-09-21] Reclamación sexenio con carácter retroactivo

Pregunta

Tras la publicación de la Instrucción 14/2021, relativa al tema de los sexenios, podría solicitar el reconocimiento del sexenio con carácter retroactivo y en caso de que así sea ¿hasta cuándo?

Respuesta

Dependerá de su caso concreto y las actuaciones previas que haya realizado sobre el sexenio en cuestión.

Últimamente la SGT de la Consejería a causa de los numerosos recursos tramitados por esta Federación, ha tenido que corregir a las Delegaciones de Educación en las provincias,  que venían imponiendo el criterio por el cual  los efectos administrativos debían coincidir  con la fecha de solicitud registrada en modelo normalizado del sexenio, en contra del criterio defendido por CCOO en vía administrativa y ante los Tribunales y,  en consecuencia,  ya  a partir del 5/8/2021  se ha de aplicar este criterio: " ... A efectos de reconocimiento de sexenios, la fecha de efectos económicos y administrativos será la de su perfeccionamiento, no la fecha de su solicitud". A partir de ahora,  ya no debe haber problemas con las sexenios que se vienen solicitando desde dicha fecha y el carácter retroactivo queda explícitamente aclarado, de manera que el derecho nace el día en el que se cumplen los requisitos del artículo 3 de la Orden de 28 de marzo de 2005 (servicio activo, 6 años de servicios docentes y 60 horas de formación), con independencia de la fecha de su solicitud, sin más límite que la prescripción de las cantidades devengadas 4 años atrás a su petición,  conforme al art. 30 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

¿Qué ocurre en los casos anteriores a esta fecha?

Varios supuestos:

- Personas que vengan cobrando un sexenio desde la fecha de solicitud cuando deberían haberlo empezado a cobrar con carácter retroactivo según su fecha de perfeccionamiento/ vencimiento/ consolidación.

a) Personas que NO tramitaron el recurso de alzada correspondiente: Aquí, si no se formuló, en tiempo y forma, el recurso de alzada correspondiente contra la resolución de la Delegación Territorial competente, la situación ya ha devenido "firme y consentida”, y jurídicamente no aconsejaríamos que se iniciara ningún tipo de procedimiento, y menos que se acudiera a los Tribunales porque seguramente se perdería el juicio y sería condenado en costas judiciales.

b) Personas que SÍ efectuaron el recurso de alzada correspondiente, en tiempo y forma, ante la CEDJA. En este caso hay que comprobar, si dicho recurso ha sido expresamente resuelto por la Consejería y si ha desestimado la petición. Si se ha recibido una resolución denegatoria por medio de la constancia de un "recibí o descarga electrónica", el plazo para interponer demanda contenciosa administrativa es de 2 meses desde entonces.

* Si se ha acudido al contencioso-administrativo, conviene contactar con el letrado o letrada que lleva el caso, pudiendo propiciar una resolución favorable extrajudicial del caso o el allanamiento de la Consejería demandada en el juicio.  

* Si ha pasado el plazo de 2 meses sin hacer nada, el acto deviene "firme y consentido".

* Puede haber ocurrido que, tras el recurso de alzada, que la Consejería no haya notificado resolución alguna (silencio administrativo), aunque sea un caso antiguo, lo que hay que confirmar es que NO SE HA RECIBIDO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EN RESPUESTA AL RECURSO DE ALZADA.  En este último caso todavía hay posibilidades de cobrar el sexenio retroactivamente a la fecha de perfeccionamiento / vencimiento/ consolidación, y se puede hacer un recordatorio (petición) a la Consejería en base a la citada Instrucción y nuestros respectivos recursos, y si no responde, acudir a los Tribunales con bastantes garantías de ganar el pleito en base al criterio mandatado en la Instrucción 14/2021.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.