[29-09-21] Reanudación disfrute permiso paternidad.

Pregunta

Buenas tardes, mi consulta es sobre el permiso de paternidad.

Somos una pareja de interinos, tuvimos un bebé en abril y el año pasado obtuvimos vacante, yo disfruté de mi permiso de maternidad hasta agosto y mi pareja pidió el permiso interrumpido, disfrutó de las 6 semanas obligatorias y se volvió a incorporar.

Este año ha obtenido una vacante en septiembre, ahora al incorporarse va a solicitar el permiso que le resta, las 10 semanas.

Pero me dicen que no tiene derecho a ellas ¿Esto es cierto?

Respuesta

Si solicitó disfrutar del permiso de forma interrumpida, aunque se trate de un nuevo nombramiento, debe solicitar tanto el permiso como la reanudación del subsidio, ya que en la regulación de este permiso recogida en el art. 49.c) del TREBEP y en el apartado 21 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada, está previsto expresamente, sin limitación alguna para el personal interino, que se pueda disfrutar del permiso de forma interrumpida.  

Lo que sí debe tener en cuenta es que para cada periodo de disfrute debe volver a presentar una nueva instancia en modelo normalizado (Anexo I) con al menos quince días hábiles de antelación, en su centro de servicio, cuya dirección lo remitirá a la Delegación territorial correspondiente y que, debido a las necesidades del servicio, el periodo de disfrute mínimo será de dos semanas. Asimismo, debe tener en cuenta que cuando solicite el disfrute del último periodo del permiso de paternidad, deberá solicitar simultáneamente el permiso adicional de paternidad recogido en el Acuerdo de 17 de julio de 2018 y en el apartado 22 de la citada Circular.

En cuanto al subsidio debe igualmente solicitar la reanudación ya que el derecho no se ha extinguido, puesto que no se ha dado ninguna de las circunstancias de extinción contempladas en el art. 26.8 del Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, donde se recoge que se el subsidio se extinguirá por el transcurso del plazo de duración establecido, por reincorporación voluntaria al trabajo o actividad, por causar el beneficiario pensión de jubilación o de incapacidad permanente, o por fallecimiento del beneficiario.

Para solicitarlo, deberá presentar el formulario al que puede acceder a través de la página web de la Seguridad Social. Si tiene certificado digital o Cl@ve permanente, puede solicitar los periodos sucesivos a través del espacio Tu Seguridad Social (TUSS) de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, con independencia del canal por el que se haya solicitado el periodo inicial, y con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio de ese periodo sucesivo, en la opción del espacio Tu Seguridad Social "SOLICITAR PERIODOS".

En el supuesto de que le denegaran el disfrute del permiso o del subsidio le recomendamos que contacte con su Sindicato Provincial al objeto de presentar la correspondiente reclamación.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.