[30-09-21] Cómputo tiempo de servicio en la bolsa de periodo en situación de activo no disponible.

Pregunta

Una persona que en el SIPRI (interinidad de secundaria) ha estado activa no disponible ¿le cuenta el tiempo de servicio desde que le convocan? Gracias por aclarar mi duda. Un afectuoso saludo.

Respuesta

Usted podrá solicitar pasar a la situación de activo no disponible cuando participe en una convocatoria de adjudicación de vacantes sobrevenidas y sustituciones, si concurre alguna de estas circunstancias recogidas en el art. 51 de la Orden de 10 de junio de 2020:

a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el personal funcionario de carrera, o en el artículo 63.2 de la presente orden, para el personal funcionario interino.

b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.

c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.

d) ..

e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

g) …

h) …


En el supuesto de que concurra alguna de estas circunstancias y solicite pasar a la situación de activo no disponible, tal y como aparece recogido en el art. 52.2 de la citada Orden, se le reconocerá a efectos de bolsa el periodo más corto comprendido entre el día que determine la convocatoria correspondiente como fecha de incorporación a la vacante/sustitución y aquel en que cese la situación alegada o finalice el nombramiento en el puesto adjudicado.

En cualquier caso, debe tener en cuenta que en los supuestos que se relacionan en los párrafos b), c) y e), el reconocimiento estará supeditado a que durante dicho periodo no ejerza ninguna otra actividad remunerada.

Por último, indicarle que en los supuestos recogidos en los apartados d), g) y h) tendría que solicitar pasar a la situación de inactivo y se permanecerá en la bolsa como inactivo, de forma voluntaria durante el curso académico correspondiente, salvo que se desee pasar a la situación de activo por haber finalizado las circunstancias que motivaron la no incorporación, en los plazos a que se refiere el artículo 48.2, es decir en los últimos diez días lectivos del primer y segundo trimestre de cada curso académico.

d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.

h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.


Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.