[13-10-21] Aportación méritos a las bolsas.

Pregunta

He obtenido la titulación del B2 de inglés y me gustaría saber si podría incluirla en la bolsa para tener más puntuación.

Respuesta

La ordenación de las bolsas se realiza conforme a lo recogido en el en el art. 46 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA 18-06-2020).

Artículo 46. Ordenación de las bolsas de trabajo.

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo se llevará a cabo de la siguiente forma:

a) Personal funcionario interino, en función del tiempo de servicios en centros públicos reconocido por la Administración educativa andaluza.

b) Personal aspirante a interinidad, ordenado por la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo en el que se hubiera convocado la especialidad del cuerpo de la bolsa a que se pertenezca, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Personal aspirante a interinidad participante en convocatorias selectivas anteriores, ordenado por la calificación obtenida, teniendo prioridad el año posterior sobre el anterior.

d) Personal aspirante a interinidad de convocatorias extraordinarias, incluidas, en su caso, las restringidas, priorizándose la convocatoria más antigua sobre la más reciente.

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En virtud de lo expuesto, si usted es personal interino en el caso de las bolsas ordinarias, la ordenación se realizará exclusivamente en función del tiempo de servicio y en el caso de que sea personal aspirante a interinidad en función de la calificación obtenida en el último procedimiento selectivo, no pudiendo por lo tanto aportar ningún mérito.

Solo se conforman los listados con méritos cuando se participa en una convocatoria de acceso extraordinario a una bolsa de trabajo tal y como viene recogido en el art. 39 de la citada Orden de 10 de junio de 2020, donde se estipula que en estas convocatorias se establecerán los requisitos de titulación correspondientes y el baremo de méritos que incluirá al menos la experiencia docente, la nota media del expediente académico de la titulación alegada para el acceso a la bolsa y otras titulaciones de carácter oficial. No pudiéndose aportar, en cualquier caso, tampoco nuevos méritos una vez cerrada la convocatoria extraordinaria.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.