[13-10-21] Requisitos titulación para impartir docencia en centro privado de ESO y Bachillerato.
Pregunta
Durante los últimos 20 años impartía clases en secundaria y bachillerato con la titulación de diplomatura magisterio esp. Lengua extranjera (inglés) - (convalidado como grado nivel 2) y B2 alemán (EOI). Impartía la asignatura de alemán. Este año el inspector me dijo que ya no podía dar clases en secundaria ni Bachillerato.
Me dijo que necesitaría un grado de arte y humanidades. ¿Existe otra posibilidad para habilitarme a secundaria? ¿O tengo que sacarme la carrera? No tiene mucho sentido ya que por ejemplo un máster de inglés (al que podría tener acceso) y es superior a un grado, me aportaría mucho más en la docencia (también se lo he planteado, al inspector, pero sigue diciendo grado de humanidades. ¡Es desesperante! Gracias de antemano.
Respuesta
Para impartir docencia en centros privados de Enseñanza Secundaria y Bachillerato será necesario cumplir con los requisitos recogidos en el art. 2 del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato.
Artículo 2. Requisitos de formación inicial.
El profesorado de los centros privados podrá impartir las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato si reúne los siguientes requisitos de formación:
a) Tener un título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o un título oficial de Educación superior de Graduado, o equivalente académico,
b) Acreditar una cualificación específica adecuada para impartir las materias respectivas.
c) Tener la formación pedagógica y didáctica a la que hace referencia el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En cuanto al requisito recogido en el apartado b), referido a la cualificación profesional, debe tener en cuenta que deberá acreditarlo a través de alguno de los siguientes procedimientos contemplados en el art. 3:
a) La acreditación de alguna de las condiciones de formación inicial exigidas para impartir la correspondiente materia que se encuentran recogidas en el anexo de este Real Decreto.
b) La certificación de haber superado la primera prueba del proceso selectivo, de la especialidad a la que está asignada la materia correspondiente en los anexos III, IV y V del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial.
En el caso de la materia de alemán, tal y como aparece recogido en el Anexo I del Real Decreto 860/2010 se exige contar, o bien con cualquier titulación de Licenciado del área de Humanidades o Graduado o Graduada de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo, y el dominio de la lengua correspondiente, o bien con la titulación de Licenciado en Filología, Filosofía y Letras (Sección Filología), o Traducción e Interpretación, en la lengua correspondiente.
En su caso, aunque pudiera acreditar la experiencia docente, ya que viene impartiendo esta materia desde hace más de 20 años, e incluso la formación superior para acreditar el dominio de la lengua, al no cumplir con ninguno de los supuestos recogidos en el art. 3, ya que ni cuenta con alguna de las titulaciones requeridas ni ha superado la primera prueba del proceso selectivo de la especialidad, aunque se trate de una situación muy injusta para usted, efectivamente no podría impartir docencia en la materia de alemán.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.