[14-10-21] Posibilidad de participar en concurso plazas exterior estando en situación de excedencia.
Pregunta
Estoy en excedencia por cuidado de hijo y quisiera presentarme a un puesto de personal docente en el exterior cuando se convoquen. Mi pregunta es si podría presentarme estando en excedencia ya que uno de los requisitos es estar en servicio activo.
Respuesta
Existe una sentencia del Tribunal Supremo que ha declarado que la carrera profesional de las personas que hayan optado por hacer uso de uno de los permisos de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a que se refiere el art. 56 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, incluida la excedencia, no puede verse afectada negativamente por el ejercicio de tal derecho, fijando como doctrina que las previsiones del art. 57 de la citada Ley tienen efecto directo sin mediación en las correspondientes bases de la convocatoria, imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo.
No obstante lo anterior, debe tener en cuenta que aunque el Tribunal Supremo haya fijado dicha doctrina en el supuesto de que en la nueva convocatoria que se realice, aparezca entre los requisitos el de encontrarse en situación de activo, deberá o bien interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa, mediante la interposición de un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de resolución, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, conforme a lo establecido en el artículo 10.1, i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Asimismo debe tener en cuenta que con independencia de lo anterior, cuando se publiquen las listas provisionales de personal admitido y excluido, si resultara excluida deberá realizar alegaciones en el plazo fijado y en el caso de que no sean estimadas interponer igualmente o bien un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, recomendándole que en ambos casos contacte con su Sindicato Provincial para que le faciliten cita con la asesoría jurídica de su provincia.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.