[18-10-21] Excedencia voluntaria PAS Laboral Universidad.

Pregunta

He conseguido 2 plazas de técnico auxiliar laboral en la Universidad, en la última convocatoria de acceso libre. En una de ellas, llevo en periodo de interinidad 12 años, y en la otra estuve un tiempo trabajando. Tengo que tomar próximamente posesión de las plazas y no quiero renunciar a ninguna de ellas. Según mi convenio colectivo, sólo tendría opción a una excedencia voluntaria en una de ellas, pero ¿podría acogerme al art 15 del RD365/1995 excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público?

Respuesta

La única opción que tendría sería solicitar la excedencia voluntaria recogida en el art. 35 del  IV Convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Andalucía ya que el personal laboral de las Universidades públicas no se encuentra recogido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 365/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, por lo que no podría solicitar la modalidad de excedencia recogida en el art. 15, que está previsto para los funcionarios de carrera que se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones públicas, o a los que pasen a prestar servicios como personal laboral fijo en organismos o entidades del sector público y no les corresponda quedar en las situaciones de servicio activo o servicios especiales.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.