[18-10-21] Atención alumnado necesidades educativas especiales en el comedor escolar.

Pregunta

Consulta relacionada con PTIS y COMEDOR ESCOLAR.
El horario de las PTIS que tenemos en el centro es de 9 a 15 horas. Una es contratada por una empresa externa y otra es de la Junta de Andalucía.
Se hacen cargo de un alumno nee cuya madre quiere venir a recogerlo a las 15.30. ¿Es competencia de las PTIS o una vez cubiertas sus necesidades, pueden hacerse cargo del alumno las monitoras del comedor escolar?

GRACIAS.

Respuesta

Tal y como aparece recogido en la Orden de 17 de abril de 2017 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar, con las modificaciones recogidas en la Orden de 27 de marzo de 2019, el Reglamento de organización del centro debe recoger todas las normas de organización y funcionamiento del comedor escolar, debiendo garantizarse la atención del alumnado tanto durante el tiempo dedicado a la comida como en los períodos inmediatamente anteriores y posteriores a la misma.

Asimismo, se recoge que, en el caso del alumnado de necesidades educativas especiales, la Dirección General competente en materia de planificación educativa, a petición de la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación, podrá autorizar, excepcionalmente, el aumento del número de personas para la atención del dicho alumnado.

Si en el ROC no aparece nada al respecto, y si el horario del centro no finaliza a las 15,00 horas y por lo tanto la madre puede solicitar recoger al alumno a las 15,30 horas, se deberán arbitrar los mecanismos necesarios para que este alumno esté atendido, pero siempre respetando la jornada del personal encargado de su atención, en este caso los PTIS, que en ningún caso podrán desarrollar un horario que supere su jornada laboral.

Por lo expuesto, consideramos que, aunque es cierto que corresponde a los monitores escolares la atención del alumnado en el comedor, en este caso, al tratarse de un alumno de nee, y para evitar incurrir en cualquier tipo de responsabilidad, le recomendamos que plantee la cuestión ante el servicio de inspección, y actúe en consonancia a lo que por parte de éste se le indique.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.