[29-10-21] Justificación ausencia para acudir a cita médica.
Pregunta
Soy interina y próximamente tengo dos citas médicas en otra localidad distinta a la localidad de mi actual destino, donde resido de lunes a viernes por el trabajo. Ese día quería pedir un permiso de un día para estar más tranquila ya que tengo una cita a las 9.30 por seguro privado y la segunda cita a las 13.00 horas. El jefe de estudios me ha dicho que por ese motivo no se suelen solicitar permisos sin retribución, pero yo me quedaría más tranquila por si posteriormente me ponen algún impedimento en la Delegación a la hora de justificar la ausencia en el puesto de trabajo. Muchas gracias de antemano. Saludos cordiales.
Respuesta
Si no se puede acudir a un especialista de la localidad de destino, o de una localidad próxima, ni puede llevarse a cabo la cita en un horario fuera de la jornada laboral, normalmente las direcciones de los centros suelen entender como justificadas estas ausencias, no obstante, lo anterior, le recomendamos que plantee la situación a la dirección de su centro para que le indique con carácter previo si va a entender como justificada la ausencia.
En el supuesto que la dirección no accediera a entender justificada la ausencia, con independencia de que si lo desea impugnara dicha denegación ante la Delegación Territorial correspondiente, la única opción sería efectivamente solicitar un permiso por asuntos particulares sin retribución recogido en el art. 73 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado y en el apartado 25 de la Circular de 11 de junio de 2021 de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente.
Para solicitarlo deberá presentar una instancia (Anexo I) en su centro de destino con una antelación mínima de quince días. Una vez presentada la solicitud, la dirección del centro deberá remitirla a la Delegación Territorial correspondiente, que es el órgano competente para su concesión, junto con un informe, que en el caso de que sea desfavorable deberá ser motivado. Asimismo, indicarle que este permiso no podrá ser solicitado por personal interino en régimen de sustitución y que su concesión se encuentra subordinado a las necesidades del servicio.
Por último, debe tener en cuenta que, aunque no sea su caso, en casos de ausencias reiteradas por enfermedad de corta duración (aunque sean para acudir a citas o a la realización de pruebas médicas), la Administración podrá solicitar la intervención de la asesoría médica.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.