[05-11-21] Deducción haberes huelga.

Pregunta

Tenía permiso por parte de la directiva para hacerme unas pruebas a primera hora del pasado jueves 28 de octubre de 2021 (día de la huelga).

No había otro horario ni día para realizármelas.

Termine de hacerme dichas pruebas a las 10:00 horas del jueves y avise a la directiva a dicha hora para decirles que secundaba la huelga.

El trayecto aproximado desde la clínica al centro de trabajo es de una hora en coche.

A la hora de notificar la directiva a recursos humanos si secunde la huelga, tengo las siguientes preguntas:

1. Me tienen que imputar toda la jornada del jueves?

2. ¿En caso negativo, me tienen que imputar la jornada del jueves desde las 10:00 o desde las 11:00 horas?

Gracias de antemano.

Reciba un cordial saludo.

Respuesta

Si la convocatoria de huelga era por una jornada completa, entendemos que la deducción de haberes que le van a practicar va a ser de la jornada completa, con independencia de que usted durante dicha jornada acudiera al médico, y ello en función de lo recogido en el art. 9.3.c) de la Resolución de 6 de octubre de 2005, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, estando solo contemplada la deducción por horas en el caso de los paros parciales.

c) Independientemente del horario individual, en el caso de convocatoria de huelga para jornadas completas, la deducción de haberes, por tanto, será la correspondiente a una jornada diaria (7 horas) del funcionario docente. En los supuestos de convocatorias que contemplen paros parciales, la deducción deberá realizarse tomando como referencia el número de horas que establece la convocatoria.

En cualquier caso, lo que puede hacer, una vez le notifiquen su acta de asistencias, es realizar alegaciones solicitando que se le entienda como justificada su ausencia hasta las 11.00 horas por asistencia a consulta, debiendo adjuntar la documentación acreditativa correspondiente.  En el supuesto de que sus alegaciones no fueran tenidas en cuenta la única opción sería impugnar la resolución de deducción de haberes una vez le sea notificada.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.