[03-12-21] Funciones responsable servicio comedor.
Pregunta
¿Me podrían indicar cuales son las funciones del responsable de comedor escolar y en qué ley viene regulado? Gracias.
Respuesta
La regulación del servicio de comedor se encuentra recogida en el Decreto 6/2017 de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar (BOJA 31-01-2017), y en la Orden de 17 de abril de 2017 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar (BOJA 26-04-2017), con las modificaciones introducidas por la Orden de 27 de marzo de 2019.
En dicha regulación no se recoge una relación de las funciones de la persona responsable del servicio de comedor (que normalmente suele ser la dirección del centro), recogiéndose únicamente una relación de las funciones del personal que atiende este servicio y que son las siguientes:
a) Atender y custodiar al alumnado durante las comidas y en el tiempo anterior y posterior a las mismas, así como, en su caso, durante su traslado al centro con comedor escolar.
b) Resolver las incidencias que pudieran presentarse durante ese período.
c) Prestar especial atención a la labor formativa del comedor escolar: adquisición de hábitos sociales e higiénico-sanitarios y correcta utilización del menaje del comedor escolar.
d) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la dirección del centro en relación con la atención al alumnado en el servicio de comedor.
En cualquier caso, entendemos que tanto en el caso de que el servicio se preste en modo de gestión directa como en el caso de que se preste en modo de gestión indirecta, la función del responsable será una función genérica de controlar el correcto funcionamiento de dicho servicio, adoptando las medidas que estime oportunas al efecto y llevar a cabo algunas gestiones de carácter administrativo como la grabación en Séneca del personal docente que haya prestado atención al alumnado, a efectos del reconocimiento de las gratificaciones correspondientes.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO.