[10-12-21] Nombramiento sustituto jefatura de departamento

Pregunta

Entiendo que un docente que sustituye en Secundaria tiene que asumir las funciones de la jefatura de Departamento si así lo decide el Equipo Directivo por necesidades del servicio. ¿Podrían indicarme, por favor, qué normativa recoge esto? GRACIAS

Respuesta

 Debe tener en cuenta que tal y como aparece recogido en el art. 95 del Decreto 327/2010 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (BOJA de 16 de julio), las jefaturas de departamento serán nombradas por las Delegaciones territoriales correspondientes a propuesta de la dirección de los centros, una vez oído el Claustro, de entre el profesorado con destino definitivo en el centro.

En virtud de lo expuesto, entendemos que no se podría realizar un nombramiento formal como jefe de departamento al profesor que está realizando una sustitución. No obstante, en el caso de que aun a pesar de no realizar el nombramiento se le atribuyeran las funciones de jefe de departamento, se le deberán reconocer a éste todos los derechos inherentes, debiéndosele aplicar la reducción en su horario que se le viniera aplicando al profesor que ostentaba la jefatura de departamento, y el abono del complemento correspondiente, previa acreditación del desempeño de estas funciones.

Para acreditar que se ha desempeñado el cargo a efectos de reclamar el complemento, lo recomendable sería que la encomienda de la dirección de asumir la jefatura de departamento se realice por escrito, debiendo solicitar a la finalización del cargo una certificación de la dirección del centro en la que conste el periodo durante el cual ha estado desempeñando estas funciones.

En el supuesto de que la asignación fuera de carácter verbal y la dirección no le expidiera una certificación, podría acreditarlo mediante otros medios: escrito de los compañeros del departamento, hacerlo constar en el acta de una sesión de Claustro y solicitar copia certificada del secretario.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.


Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.