Reducción horaria mayores 55 años.

Pregunta

Soy profesora de EOI, y voy a cumplir 55 años el día 24 de septiembre ¿tendría derecho a la reducción de jornada por ser mayor 55 años el próximo curso?
Gracias.

Respuesta

La reducción horaria para el profesorado mayor de cincuenta y cinco años se encuentra recogida en el art. art. 23.3 de la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, en el art. 3 de la Orden de 4 de septiembre de 1987 por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios públicos docentes en su redacción dada por la Orden de 16 de abril de 2008 (BOJA de 2 de mayo).

Asimismo, en el caso de las Escuelas Oficiales de Idiomas el art. 14.9 de la Orden de 6 de junio de 2012 por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 21-06-2012) estipula que:  

9. El profesorado de las escuelas oficiales de idiomas que cuente con cincuenta y cinco o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad tendrá una reducción en la parte lectiva de su horario regular semanal, a partir de dicha fecha, de dos horas. Dicha reducción se llevará a cabo en el horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo y se destinará a la realización de las actividades que se le encomienden de entre las recogidas en los apartados 4 y 6, sin que ello implique reducción del horario semanal de obligada permanencia en la escuela establecido en treinta horas.


En virtud de lo expuesto en dicho artículo, si usted cumple 55 años en el mes de septiembre, no se le aplicará la reducción hasta el curso 2023/2024, ya que a fecha de 31 de agosto de 2022 no va a contar con 55 años de edad como se requiere en función de lo recogido en dichas disposiciones.

Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.