[22-12-21] Actuación ante exención uso mascarilla por parte de profesorado.

Pregunta

Agradecería me aclare si un docente con problemas psíquicos acreditados por especialista, por lo que no puede usar mascarilla, puede seguir impartiendo clases. Muchas gracias por su atención.

Respuesta

La Consejería de Educación y Deporte ha elaborado un Protocolo de actuación ante los casos de exención del uso de mascarillas, junto con la Consejería de Salud y Familias, en el que se recoge cómo se debe proceder en el caso de que haya alumnado o profesorado al que se la haya reconocido la exención de su uso por motivos médicos.


En este caso, indicarle que, en primer lugar, tal y como aparece recogido en el apartado 2 del citado Protocolo, deberá acreditar la circunstancia alegada mediante la aportación de un certificado médico, informe médico o datos de la historia clínica, siempre que cumpla los requisitos indicados en la Comisión de Deontología y Ética del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos. (Anexo II del Protocolo)

Una vez presente la documentación médica, la dirección del centro deberá verificar que ésta acredita la exención del uso de mascarilla, pudiendo solicitar asesoramiento en el caso de que tenga algún tipo de duda al respecto, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1:

1. Primera actuación: contactar y asesorarse a través del equipo médico escolar del Equipo de Orientación Educativa referente del centro docente (en caso de que este cuente con el profesional correspondiente).

2. Segunda actuación: a través del personal de enfermería referente del centro docente se podrá recabar el asesoramiento del equipo médico del centro de atención primaria al que esté asignada la persona afectada en cuestión y, más en concreto, del especialista en Pediatría o en Medicina General. Asimismo, y si fuese necesario, el personal de enfermería referente del centro educativo podrá recabar el asesoramiento de la Unidad Provincial de Inspección Médica de la Delegación Territorial de Salud y Familias correspondiente.


Si constara acreditado el motivo de exención, tal y como aparece recogido en el apartado 3.2, se deberán adoptar medidas adicionales, de acuerdo con el protocolo COVID del centro, debiendo ser valorado cada caso concreto, en función de la situación epidemiológica de la zona en la que se encuentre éste y la del alumnado al que pueda impartir docencia el profesor o profesora afectado. Pudiéndose adoptar alguna de las siguientes medidas:

1. Incrementar la distancia interpersonal con el alumnado y/o resto del personal, en los accesos y salidas del centro docente, así como, en los desplazamientos internos.


3. Reubicar a este profesorado para impartir la docencia en espacios no cerrados o, en su caso, en aulas bien ventiladas y amplias.


5. Para evitar y reducir la posibilidad de transmisión por gotas mayores de aerosoles y la disminución de éstos, se podrá valorar el uso de pantalla protectora por parte del profesorado u otro personal con exención, especialmente cuando se encuentre en el aula impartiendo docencia.

7. En el caso de profesorado de educación física se promoverá la realización de las clases en espacios exteriores, dado que la realización de ejercicio físico también aumenta la emisión de aerosoles. En el caso de que se realicen en interiores es de especial importancia aumentar la distancia e intensificar la ventilación.

Por último, indicarle que en este enlace podrá consultar el Protocolo y sus Anexos.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.


Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.