[11-01-22] Diferencias entre permiso por asuntos particulares no retribuidos y permiso no retribuido.

Pregunta

¿Me podrían indicar cuál de los dos permisos no retribuidos sería mejor solicitar?

Respuesta

Lo único que podemos indicarle respecto a esta cuestión es ponerle de manifiesto las diferencias existentes entre los permisos recogidos en los apartados 25 y 26 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada del personal docente, y que son las siguientes:

- En cuanto a los requisitos exigidos, en el supuesto del permiso por asuntos particulares sin retribución no se exige contar con un periodo mínimo de servicios prestados, mientras que en el supuesto del otro permiso no retribuido se exige contar con al menos un año de servicios.

• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores y posteriores a los períodos no lectivos de Navidad y Semana Santa.

• Los diez días lectivos inmediatamente anteriores a la finalización del régimen ordinario de clase del mes de junio.

• El mes de septiembre.

Una vez verificadas dichas diferencias, será usted quien deba decidir qué permiso se ajusta más a sus necesidades.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.