[13-01-22] Solicitud grado de discapacidad.

Pregunta

¿Qué pasos tengo que seguir para pedir una discapacidad igual o superior al 33 por ciento?

Respuesta

El procedimiento para el reconocimiento y valoración del grado de discapacidad se encuentra regulado en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía y en el Decreto 255/2021, de 30 de noviembre, por el que se regulan la organización y las funciones de los centros de valoración y orientación de personas con discapacidad en Andalucía y se desarrolla el procedimiento para la valoración del grado de discapacidad en la Comunidad Autónoma.

La solicitud podrá presentarla de forma telemática a través de este enlace  https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/69.html debiendo adjuntar la siguiente documentación:
 
-    DNI o Consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través del sistema de verificación de identidad.


-    Fotocopia informes médicos y psicológicos que avalen la minusvalía alegada.

Una vez presente la solicitud y tras la realización de las actuaciones que sean necesarias para la determinación y comprobación de los datos aportados, el centro de valoración y orientación emitirá el dictamen técnico-facultativo que será remitido a la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, que deberá dictar la resolución correspondiente. Si en el plazo de 6 meses desde la presentación de la solicitud no ha recibido una resolución expresa, puede entenderla desestimada por silencio administrativo.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.