[18-01-22] Permiso intervención quirúrgica familiar

Pregunta

Operación familiar en el extranjero.
Quería haceros la siguiente consulta:
Operarán a mi hijo en Dinamarca. Quería saber qué justificante he de presentar en el Centro para justificar estos días de permiso.
También quería saber la cantidad de días de permiso que me corresponden, así como saber si el día de la operación cuenta como uno de estos días. Espero vuestra respuesta
Muchas gracias

Respuesta

Al tratarse de una operación de un familiar de primer grado de consanguinidad, en una localidad diferente a la de su localidad de residencia, le corresponderían cinco días hábiles de permiso, tal y como aparece recogido en el art. 48.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y en el apartado III.1 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada.

Una vez expuesto lo anterior, y en lo que respecta a la fecha de inicio del permiso, en la citada Circular se dispone que si el hecho causante, en este caso la operación, se produce durante la jornada laboral o finalizada la misma, surtirá efectos desde el día siguiente, no computándose por lo tanto en estos casos el día de la operación. En los demás casos sí se computaría dicho día.

En cuanto a la solicitud deberá presentar una instancia en modelo normalizado (Anexo I) en su centro de destino, disponiendo de diez días naturales siguientes a la finalización del permiso para presentar la documentación correspondiente, que puede ser informe médico en el que conste la intervención quirúrgica, parte de ingreso en el hospital o cualquier documentación que acredite el hecho causante, asimismo le recomendamos que aporte copia del libro de familia.

Por último, indicarle que el permiso puede disfrutarse de forma consecutiva desde el inicio del hecho causante o de forma interrumpida siempre que lo permitan las necesidades del servicio, en el plazo de un mes desde la fecha del hecho causante y siempre que persistan las circunstancias que dan derecho a este permiso.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de COOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.