[19-01-22] Actuación ante la no cobertura de bajas laborales

Pregunta

El director de un centro ante la situación insostenible por las bajas del profesorado como consecuencia del COVID y no siendo sustituidas las mismas, ha decidido llevar a cabo una serie de medidas de protesta (manifestación, concentración...).
La duda es la siguiente:
- ¿Qué procedimiento debe seguir para tener base legal y convocar dichos actos?
Gracias.
Un saludo

Respuesta

Cualquier persona puede solicitar la convocatoria de una concentración o manifestación, debiendo solicitar autorización a la Subdelegación del Gobierno con diez días de antelación a la fecha en la que se vaya a celebrar dicho acto. En dicha solicitud se deberá indicar el nombre y apellidos y documento de identidad de la persona o personas convocantes, o de los representantes legales en caso de que no se trate de personas físicas, el lugar, la fecha, la hora y duración prevista, el objeto y el itinerario, indicando si se va a ocupar la totalidad de las vías o solo una parte, a efectos de llevar a cabo las actuaciones que se estimen pertinentes, y las medidas de seguridad previstas o que se solicitan.

Una vez expuesto lo anterior, indicarle que consideramos que la dirección del centro como tal, en su condición de funcionario público sometido al principio de jerarquía, de lealtad y buena fe con la Administración en la que presta sus servicios, y con sus superiores, conforme a lo recogido en el Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, no debería convocar ninguna actuación de protesta, ya que de hecho tenemos constancia de algunos casos en los que estas actuaciones han derivado en sanciones disciplinarias.

Es por ello, por lo que le recomendamos es que dichas actuaciones sean canalizadas a través de las AMPAS como afectadas por el perjuicio que la no cobertura de bajas laborales tiene en la educación de sus hijos e hijas, o a través de los representantes sindicales de CCOO, aunque normalmente la actuación de éstos suela tener un carácter más global y no a nivel de un determinado centro.

Con independencia de lo anterior, lo que sí puede hacer es presentar un escrito ante la Consejería exponiendo la situación y reclamando que se cubran las bajas a la mayor brevedad posible, para garantizar el derecho a la educación del alumnado.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.


Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.