[11-02-22] Opciones personal suprimido.

Pregunta

Buenas tardes, soy maestra de infantil definitiva (primer destino definitivo), posiblemente mi plaza se suprima por desaparición de una unidad, por lo tanto, por carácter forzoso como soy la última definitiva con menos antigüedad me toca a mí. Mis preguntas son las siguientes 1. Cuando me comuniquen que mi plaza queda suprimida no sé qué debo hacer 2. Yo pasaría a ser provisional ¿perdería los puntos acumulados? 3. Yo quiero quedarme en mi cole, hay una definitiva en comisión de servicio que ahora ocupa una interina, ¿yo podría pedir esa plaza? 4. Yo estoy habilitada por primaria también, y en mi cole han salido 2 vacantes por primaria, ¿yo podría pedir para primaria? 4. Una vez que me adjudiquen destino para el curso siguiente, ya los respectivos cursos hasta que me vuelvan a dar definitiva, que tendría que hacer, ¿rellenar, destinos, concursos de traslados? Gracias.

Respuesta

En el mes de junio se publicarán unas Instrucciones por la Consejería de Educación en la que se concretarán las actuaciones a llevar a cabo para la reubicación del personal desplazado por insuficiencia de horario.

En cualquier caso, indicarle que una vez le comuniquen que su plaza ha sido suprimida, usted podrá elegir alguna de las siguientes opciones:

- Ser desplazada en su centro de destino, impartiendo materias o áreas de otra especialidad que tenga reconocida, de no hallarse afectado por insuficiencia de horario otro personal funcionario definitivo de la especialidad a la que se produce el desplazamiento.  En su caso si se encuentra habilitada por primaria, podría solicitar ser desplazada a una de estas plazas.

- Ser desplazada de su centro de destino para impartir materias de su especialidad o de las que tenga reconocidas, u optar por pasar a la situación de suprimido debiendo participar en estos dos últimos supuestos en el procedimiento de adjudicación de destinos que se convoque en el mes de junio para la adjudicación de un destino para el curso 2022/2023.

Respecto a la pérdida de la antigüedad, cuando participe en un concurso de traslados debe tener en cuenta que si participa como personal al que se le ha suprimido su primer destino definitivo, le computa, además de los servicios prestados en su centro suprimido de procedencia, los servicios prestados con carácter provisional antes de la obtención del mismo, considerándose, por tanto, como servicios prestados, no solo los servicios que se acrediten en el centro en el que se le suprimió la plaza y en destino anterior, sino también los prestados con carácter provisional con posterioridad a la citada supresión. Asimismo, acumulará en el nuevo destino definitivo que obtenga, la antigüedad que generó en el anterior destino suprimido.

En el caso de que optara por ser desplazada, solo le computaría a efectos de antigüedad en el centro, la que tenga en el centro desde el que participa. Que sigue siendo su centro de destino.

En lo que respecta a la posibilidad de solicitar la plaza definitiva ocupada, entendemos, por un funcionario de carrera en comisión de servicio, si esa plaza está vacante podría solicitar ser desplazada a esta plaza, que entendemos que es de su misma especialidad.

Si opta por ser por ser suprimida deberá participar de forma obligatoria en los procedimientos de adjudicación de destinos y en los concursos de traslados que se convoquen hasta que obtenga un nuevo destino definitivo, debiendo tener en cuenta que cuando participe en el concurso de traslados, podrá ejercer el derecho preferente tanto a centro con ocasión de vacante como a localidad conforme a lo recogido en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes, dependiendo en todo caso la prioridad para hacer efectivo el derecho preferente a centro y localidad del orden de prelación establecido, encontrándose en primer lugar el personal suprimido, por lo que tendría más posibilidades de obtener destino en su localidad en el caso de que sea suprimido. En el caso de que concurran dos o más participantes en que se den la circunstancia señalada se adjudicará la plaza a quien cuente con mayor puntuación en aplicación del baremo de méritos y de persistir dicho empate se estará a los criterios establecidos en la convocatoria.

Obtenida reserva de localidad y especialidad como consecuencia del ejercicio del derecho preferente, el destino en un centro concreto se alcanzará en función de la puntuación obtenida en el baremo en concurrencia con los demás participantes en el procedimiento de provisión, tal y como aparece recogido en la última convocatoria de concurso de traslados.

De optar por ser desplazada por insuficiencia total de horario, si participa en el concurso de traslado lo hará de forma voluntaria, pudiendo ejercer el derecho preferente en las mismas condiciones que los suprimidos. De no hacerlo, permanecerá como desplazado hasta que se genere una vacante en su centro, ya que la Consejería no viene obligando a la participación obligatoria, debiendo participar en la colocación de destinos provisionales para el curso siguiente.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía