[03-12-20] CC.OO. exige la regulación de las funciones y el reconocimiento del profesorado coordinador COVID con respeto al marco legal
Para CC.OO. el profesorado coordinador COVID debe asumir exclusivamente tareas relacionadas con el ámbito educativo, no sanitario, siempre a desarrollar en su horario laboral y que deben ser definidos por la Consejería de Educación respetando al marco legal laboral del personal docente.
Los planes funcionales para la actuación en centros educativos ante la COVID-19, que incluye las acciones a realizar desde los distritos y áreas sanitarias de atención primaria elaborado por la Consejería de Salud y Familias, contemplan las actuaciones del personal de enfermería de referencia de los centros educativos.
El plan funcional del 18 de septiembre contemplaba la existencia de personal de enfermería de cobertura de circuitos, incluyendo las actuaciones a realizar ante posibles casos de contagio, información, seguimiento y registro, también en periodos festivos y fines de semana.
No obstante, el Plan revisado el 24 de septiembre de la Consejería de Salud y Familias, que es el que se encuentra actualmente en vigor, asigna tareas al profesorado coordinador COVID de los centros educativos relativas a los registros de los casos detectados y contactos en el centro, tareas que no le son propias, sin definición horaria y de días, salvo la tarea de notificación de faltas a primera hora de la mañana y de la tarde.
Desde CC.OO. exigimos que la Consejería de Educación asuma sus responsabilidades definiendo las funciones del profesorado coordinador COVID, que deben serlo dentro de sus competencias educativas y en su horario laboral, con el reconocimiento administrativo y económico correspondiente. Las funciones propias que corresponden al personal sanitario del que debiese contar los centros educativos mediante personal de enfermería escolar, y no sólo por razones de la COVID, no pueden recaer en el personal docente al que, además, se le debe respetar su horario de trabajo evitando que se produzca abuso laboral.
CC.OO. insta al profesorado coordinador COVID al que se le obligue a tener disponibilidad horaria fuera de su horario laboral, que lo solicite por escrito. Entre estas funciones, además, no pueden exigirse tareas no propias de su labor docente. La dejación de funciones de la Consejería de Sanidad y Familias no puede conllevar un abuso por parte de la Consejería de Educación mediante exigencias que incumplen normativa laboral básica como lo es el horario laboral, o a realizar funciones que no son propias del personal docente reguladas en las leyes educativas.
Para CC.OO., la Consejería de Educación está realizando una clara dejación de funciones interesadas al no querer definir con norma específica propia las tareas y el horario que ha de realizar el profesor o profesora coordinador COVID y suponen un incumplimiento de principios laborales básicos y de tareas que pudieran corresponderle como personal docente.
Igualmente, desde CC.OO. exigimos a la Consejería de Educación el reconocimiento administrativo y económico del profesorado coordinador COVID por la labor que viene realizando.
Ponte en contacto con CC.OO., si es este tu caso, para exigir el cumplimiento normativo de tus funciones como personal docente coordinador COVID en tu horario laboral.