[07-03-22] Exigencia máster profesorado enseñanza secundaria y profesores técnicos de formación profesional

Pregunta

No soy interina. Pero sí tengo intención de opositar y tengo dudas si con mi formación actual podría. Tengo un Grado en Educación Social, pero no tengo el master de profesorado. Estoy interesada en opositar el algunas de estas opciones:

- Orientación educativa

- FP Intervención Comunitaria, pertenece al cuerpo de profesores de educación secundaria (PES)

- FP Servicios a la Comunidad, son profesores técnicos.

¿Para las tres opciones necesitaría el master de profesorado? o ¿en la opción de servicios a la comunidad al ser profesores técnicos me valdría solo con mi grado?

Muchas gracias por la información.

Respuesta

Tal y como aparece recogido en el art. 13.2 del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria será necesario contar con:

a) El título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) La formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en el apartado 3, se recoge que para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional será necesario contar con:

a) La titulación de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

b) La formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Por lo expuesto, salvo que estuviera en alguno de los supuestos de excepción contemplados en la Disposición Transitoria octava de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación,  en la Circular de 5 de noviembre de 2009 de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación sobre el Máster Universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, y en Circular de 14 de julio de 2010, tendría que acreditar que posee la formación pedagógica y didáctica tanto en el caso de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como en el caso del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Dichos supuestos de excepción son, contar a fecha de 1 de octubre de 2009, con alguno de los siguientes requisitos:

- Contar con el Título Profesional de Especialización Didáctica, el Certificado de Cualificación Pedagógica, o el Certificado de Aptitud Pedagógica.

- Contar con un título universitario que habilite para el ejercicio de la profesión de maestro, o con una licenciatura en Pedagogía o Psicopedagogía, o cualquier otro título de licenciado u otra titulación declarada equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica,

- Tener cursados 180 créditos de las citadas enseñanzas a dicha fecha.

- Haber impartido docencia durante un mínimo de doce meses en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.   

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través del servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía