[08-03-22] Posibilidad de concurrir a colocación de destinos durante disfrute del permiso por asuntos particulares

Pregunta

Previa consulta planteada ayer y respondida hoy, por lo que estoy muy agradecida.
Mi consulta de hoy es con respecto al permiso no retributivo de tres meses que según vuestra respuesta cumplo requisitos. Como comprendería los meses de abril, mayo y junio, al estar pendiente de obtener mi primer destino definitivo, en caso de que no se me adjudique mediante concurso de traslados, me veo obligada a participar en el proceso de Colocación de Efectivos que coincidiría con el periodo del permiso, ¿podría participar sin problema en dicho proceso a pesar de estar de permiso?

Otra cuestión que desconozco, pero deduzco, es si esos meses no cuentan como tiempo de servicio, imagino que no.

Por último, mi intención es tramitarlo ya, porque en cuanto comience abril es cuando me puede citar el INSS y quiero evitar dicha situación. He decidido no arriesgarme al alta obligatoria ya que no me encuentro fuerte para afrontar la vuelta y no quiero que mi centro pierda mi sustituta, ni pasar por tantas tensiones que complican mi recuperación.

Así, si me concediesen el permiso, le explicó a mi doctora y ella me podría darme el alta en cuanto empiece abril y ya el INSS no tiene que citarme, ni intervenir conmigo.

¿Me puede indicar el proceso, los pasos a seguir para solicitar dicho permiso? ¿Hay que pedir cita previa para ir a Delegación? ¿A quién me dirijo, documentos que debo aportar, etcétera?

Soy maestra de PT funcionaria de carrera en provisionales.

Muchas gracias

Saludos

Respuesta

Durante el periodo en que se encuentre disfrutando del permiso, al continuar en situación de activo, conserva todos sus derechos, y por lo tanto, en el caso de que no obtenga destino definitivo en el concurso de traslados,  no solo es que puede sino que debe participar en el procedimiento de colocación de efectivos, tal y como aparece recogido en el art. 5 de la Orden de 10 de junio de 2020  por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA de 18 de junio).

En cuanto a la cuestión planteada sobre el cómputo de dicho periodo, debe tener en cuenta que al encontrarse, como le hemos expuesto en situación de activo, le contará dicho periodo a todos los efectos, ya que aunque se suspende la obligación de cotizar durante el periodo de duración del permiso, las cuotas no abonadas se le descontarán a partir de la fecha en la que se incorpore en el mes de julio, descontándosele mensualmente, hasta la total extinción del débito, una cuota corriente y otra atrasada, tal y como aparece recogido en el art. 27.5 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, actuando igualmente la Delegación Territorial respecto a la cuota de Clases Pasivas.

Por último y en cuanto a la solicitud del permiso, deberá presentar una instancia en modelo normalizado (Anexo I) en su centro de destino, con al menos quince días de antelación, no siendo necesario que acuda a la Delegación territorial, ya que es el centro el que remitirá dicha solicitud a ésta, junto con el informe oportuno, que en el supuesto de que sea desfavorable, deberá estar motivado, no siendo necesario tampoco que aporte ningún documento.

Enlace Anexo I:

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/permisos-y-licencias

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.