[10-03-22] Publicación tribunales oposiciones y casusas de abstención, dispensa y recusación

Pregunta

¿Saben cuándo salen publicados los miembros de los tribunales de oposiciones?

Gracias por su respuesta

Respuesta

La publicación de la composición de los tribunales, las comisiones de selección y las comisiones de baremación de las oposiciones, se realizará mediante Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, que se suele publicar en los primeros días del mes de junio.

En cualquier caso, indicarle que las causas de abstención, recusación y dispensa para no ser elegido miembro de un tribunal de oposiciones, se encuentran recogidas en los apartados 3, 4 y 5 del art. 8 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes (BOE de 2 de marzo) en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre), y en la convocatoria de oposiciones realizada mediante Orden de 23 de febrero de 2022 (BOJA de 2 de marzo), donde se recogen como causas de dispensa, abstención y recusación, las siguientes:  

a) -Haber actuado como miembros de los órganos de selección en la convocatoria realizada mediante Orden de 25 de marzo de 2019 (circunstancia que puede alegarse hasta el día 16 de marzo)

b) -Concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).

•    Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

•    Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

•    Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

•    Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

•    Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

c) -Haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad, en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

d) -Imposibilidad absoluta derivada de enfermedad certificada debidamente por la asesoría medica de la Delegación Territorial correspondiente.

Asimismo, se dispone que la Consejería de Educación y Deporte podrá determinar las circunstancias en las que, por su situación administrativa o por imposibilidad material derivada de fuerza mayor, pueda concederse la dispensa de la participación en los órganos de selección del presente procedimiento.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía