[18-03-22] Efectos renuncia adjudicación provisional concurso de traslados

Pregunta

Un funcionario con destino definitivo ha solicitado comisión de servicio por el apartado a1) "Por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino".

Participó en el Concurso de Traslados y por error puso un centro que no le interesaba, siendo adjudicado en el mismo en la resolución provisional. Le gustaría renunciar a la adjudicación provisional y seguir teniendo opción a la comisión de servicio por el apartado a).

Entiendo que puede renunciar al CGT ya que no estaba obligado a participar por ser una comisión de servicio tipo A), y no B) Por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral (concursillo), ¿es así?

GRACIAS.

Un saludo.

Respuesta

Efectivamente tal y como aparece recogido en el art. 13.7 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas (BOJA de 18 de junio), solo está contemplado el requisito de participar de forma efectiva en el concurso de traslados, en el caso de las comisiones de servicio por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, siendo éstos por lo tanto los únicos supuestos en los que la renuncia conllevaría que no se cumpliría con el requisito necesario para concurrir al procedimiento de colocación de efectivos.

Por último indicarle que el plazo de renuncia es el periodo comprendido entre los días 11 y 24 de marzo de 2022, ambos inclusive.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.  

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.