[30-03-22] Solicitud comisión de servicio y participación personal funcionario en prácticas en puestos en el exterior

Pregunta

Quería hacer dos consultas:

- Soy funcionaria en prácticas y me han dado destino provisional definitivo. MI pregunta es: ¿Puedo pedir ahora la comisión de servicio por tratamiento médico y cuidado de mayor? Aunque aún no tenga el definitivo. En caso de ser afirmativo... ¿El hecho de echar ahora la comisión beneficia al dar ahora primero los centros que soliciten los que pidan ahora y el resto que quedan para la gente que lo pida en mayo?

- Al ser funcionaria en prácticas puedo solicitar este programa del Ministerio? https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/profesorado/profesorado-no-universitario/becas-ayudas/movilidad/estancias-profesionales-para-docentes.html

Respuesta

Efectivamente al tratarse de una comisión de servicio de tipo b.2 (para el cuidado de hijos e hijas mayores de tres años, cónyuges o parejas de hecho, así como otros familiares de primer grado de consanguinidad por razón de enfermedad o discapacidad reconocida inferior al 65%), debe solicitarla ahora aunque aún no tenga destino definitivo, debiendo adjuntar una fotocopia del libro de familia (completo) o de la documentación oportuna que acredite el parentesco, y los informes médicos actualizados que acrediten la enfermedad alegada o, acreditación expedida por el órgano competente, en el que se haga constar el grado de discapacidad.

En lo que respecta a la cuestión planteada sobre la preferencia respecto al personal que solicita la comisión de servicio en el mes de mayo, indicarle que no existe ninguna preferencia cuando participe en la colocación de efectivos, siendo el único orden de prelación el recogido en los apartados 5 y 6 del artículo 13 de la Orden de 10 de junio de 2020  por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.

5. En aplicación de lo establecido en el artículo 36.4 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración Educativa andaluza que haya obtenido comisión de servicio por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente al desempeño del puesto de destino gozará de prioridad en la adjudicación de destinos respecto al resto de modalidades de comisiones de servicio. En segundo lugar, será adjudicado el personal funcionario de carrera que haya obtenido comisión de servicio por razones de enfermedad grave, situación de dependencia reconocida en grado III o discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento de familiares de primer grado de consanguinidad, pareja o cónyuge.

La prioridad dentro de cada modalidad vendrá dada por la aplicación de los criterios a que se refiere el artículo 8.4.
6. La adjudicación de destinos del resto de modalidades de comisiones de servicios se llevará a cabo según el orden en que estas aparecen en la Orden de 26 de febrero de 2008.

La prioridad dentro de cada modalidad vendrá dada por la aplicación de los criterios a que se refiere el artículo 8.4.


En lo que respecta a la segunda cuestión planteada, debe tener en cuenta que entre los requisitos contemplados en la convocatoria se encuentra el de ser funcionario de carrera, circunstancia que no se daría en su caso, recogiéndose este supuesto expresamente entre las preguntas frecuentes que aparecen en la página del Ministerio de Educación y Formación Profesional donde aparece publicada la convocatoria:

Acabo de aprobar la oposición y soy funcionario/a en prácticas, ¿puedo participar?
Uno de los requisitos que deben cumplir los participantes es ser funcionarios/as de carrera. Para acreditarlo se puede aportar alguno de estos dos documentos:

-Título administrativo en el que se certifica que el participante es funcionario/a de carrera
BOE en el que aparece el nombramiento de la persona participante

-Si no se dispone de ninguno de ellos no se puede acreditar el cumplimiento de este requisito y, por lo tanto, no se puede participar.


Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.