[26-04-22] Procedimientos ingreso tras reforma normativa

Pregunta

Quisiera que me aclararan lo siguiente: es en relación al RD 270/2022 que regula el sistema de acceso a cuerpos docentes...oposiciones secundaria. Mi pregunta es la siguiente: según he leído en el propio RD se muestran dos vías diferentes de acceso: una para interinos con experiencia (2016) que tendrán que concurrir a unas plazas por concurso de méritos; otra vía para el resto, donde el procedimiento de acceso será concurso-oposición...mi pregunta es: si yo quiero prepararme las oposiciones, según lo que he leído, desaparecen las prácticas, el examen no es eliminatorio y la parte didáctica es la presentación y defensa de una unidad didáctica...¿estoy en lo cierto?. me preocupa el tema de las prácticas (soy opositor de geografía e historia) ya que hay academias que las siguen preparando e, incluso, hablan de una triple vía de acceso: interinos con mucha experiencia (concurso de méritos); interinos con menos experiencia (tema y unidad, no eliminatorios) y una tercera vía para opositores que acceden por primera vez al sistema donde sí habría prácticas, y el sistema de acceso sería el mismo que en convocatorias anteriores (2021, 2018, 2016...). estoy muy preocupado y por eso recurro a vosotros...yo, por más que leo el RD, solo veo dos vías de acceso...mi preocupación son los problemas prácticos...gracias miles...

Respuesta

En primer lugar, indicarle que habrá que estar a las convocatorias que se realicen en Andalucía, pero en cualquier caso efectivamente se contemplan tres procedimientos diferentes:

-    Concurso-oposición, plazas de reposición (jubilaciones) y de nueva creación. (Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades de los cuerpos docentes)  

-    Concurso-oposición, plazas de estabilización ocupadas temporalmente al menos tres años antes del día 31de diciembre de 2020. (Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, introducida por el Real Decreto 270/2022 de 12 de abril)
   
-    Concurso de méritos, plazas ocupadas por personal temporal desde el día 1 de enero de 2016. (Disposición transitoria quinta del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, introducida por el Real Decreto 270/2022 de 12 de abril).
   
En cuanto a las pruebas, en el caso del primer procedimiento la regulación es la misma que en los anteriores procesos selectivos, es decir dos pruebas eliminatorias, la primera que consta de una parte práctica y el desarrollo de un tema por sorteo, y una segunda prueba que se compone de la presentación y defensa de una programación didáctica y la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.  

En el caso del segundo procedimiento la fase de oposición constará de una única prueba dividida en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio. La primera parte consistirá por un lado en el desarrollo por escrito de un tema por sorteo, y por otro lado en la preparación y exposición de una unidad didáctica, estando solo contemplada una prueba practica en el caso de las especialidades que tenga contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas.  

Indicarle que, además de las diferencias expuestas entre ambos procedimientos, existen otras diferencias en cuanto al número de bolas en el sorteo de los temas y en cuanto a la baremación de méritos.  

En cuanto al tercer procedimiento, se trata de un concurso de méritos estructurado en tres bloques con las siguientes puntuaciones máximas:

Experiencia docente previa: máximo siete puntos y máximo 10 años.
Formación académica: máximo tres puntos.
Otros méritos: máximo cinco puntos.
No pudiendo alcanzar más de quince puntos en total.

Por último indicarle que la oferta de las plazas de estabilización y las del concurso de méritos deberá aprobarse y publicarse antes del 1 de junio de 2022, y las convocatorias de los procesos selectivos, antes del 31 de diciembre de 2022, debiendo estar resueltos estos procesos antes del día 31 de diciembre de 2024.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.