[09-05-22] Obligación presencia miembro equipo directivo en el centro

Pregunta

Conozco que no es obligada la presencia del equipo directivo durante el horario de apertura del centro. No obstante, tenía entendido que sí lo es durante el horario lectivo. En el caso de mi centro, durante 1 día y medio hemos estado sin ningún miembro por diversos motivos: 2 por baja médica y 1 por haber salido de excursión. ¿Está contemplado en normativa que esto sea posible, que pueda estar el centro sin un miembro del equipo directivo?

Respuesta

No existe ninguna disposición normativa que recoja la obligación de que esté presente algún miembro del equipo directivo ni durante el horario no lectivo, ya que de hecho el horario en el que los centros permanecen abiertos, no coincide normalmente con el horario de obligada permanencia de los miembros del equipo directivo, ni tampoco durante el horario lectivo.

No obstante lo anterior, entendemos que aunque no exista una obligación legalmente establecida, sí deberían arbitrarse los mecanismos para que en el horario lectivo, en el que está presente en el centro todo el alumnado y todo el profesorado, haya algún miembro del equipo directivo.  Es por ello, por lo que entendemos que si en este caso, hay dos miembros del equipo directivo que se encuentran en situación de baja, debería intentarse que el tercero fuera sustituido en su salida por otro profesor del centro. En cualquier caso, en el supuesto de que esto no fuera posible, y por lo tanto tenga que acompañar al alumnado en su salida de excursión, al menos debe estar localizable por si se produce alguna incidencia que requiera su asesoramiento o incluso presencia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía