[31-07-12] Concentración de interinos por el cumplimiento del criterio de tiempo de servicio en la adjudicación de destinos para el curso 2012-13
La concentración de interinos convocada por CC.OO., CGT, UGT y USTEA a las puertas de la Consejería de Educación para exigir el cumplimiento del Acuerdo de 7-3-2012 y el Decreto 311/2012, que modifica al 302/2010, ha reunido a más de 200 personas que han exigido el respeto a los acuerdos y al criterio de tiempo de servicio para la adjudicación de destinos.
En la reunión que mantuvimos con la Directora General de Profesorado y Gestión de Recurso Humanos, les trasmitimos nuestro rechazo a la decisión de la Consejería y le exigimos, además del mantenimiento de las plantillas de profesorado para el próximo curso, la colocación por tiempo de servicio, manifestándonos ésta su defensa de la medida adoptada y transmitiéndonos su disposición para abordar modificaciones para el curso 2013-14. CC.OO. le respondió que seguiríamos con las movilizaciones hasta que se terminara esta irregularidad.
Después de la entrevista los concentrados decidimos en asamblea, tras valorar la situación atípica del mes de agosto, que la Plataforma Sindical convocara al colectivo a movilizaciones los primeros días de septiembre.
Dar prioridad en la colocación al profesorado perteneciente al Programa de Calidad en detrimento del tiempo de servicio, amparándose en la Resolución de 5 de junio de 2012 de adjudicación de destinos o en la Orden de 26 de septiembre de 2011 del Programa de Calidad, además de una interpretación equivocada de las mismas, supone, lo que es más grave, una burla a la disposición transitoria quinta del Decreto 311/2012 que determina que … la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo a que se refiere el artículo 21 se llevará a cabo en función del tiempo de servicios prestado como personal funcionario interino en centros docentes públicos…
Posibilitar que el personal interino con destino el curso anterior en un centro acogido al Programa de Calidad continúe en el centro como criterio preferente, introduce la arbitrariedad y el azar en el acceso al empleo público y supone vulnerar el principio de igualdad y mérito contemplados en la Constitución. No puede ser un mérito para trabajar el hecho que los miembros del claustro del centro adjudicado decidan o no acogerse al Programa.
CC.OO. pondrá a disposición de sus afiliados, dentro de unos días, un modelo de recurso de reposición (el plazo para reclamar es de un mes desde su publicación) contra la adjudicación definitiva de destinos provisionales.
Los primeros días de septiembre informaremos en la Web de las movilizaciones acordadas.