[23-05-22] Cómputo a efectos de jubilación servicios prestados como interino

Pregunta

Mi consulta está relacionada con la posible jubilación de clases pasivas.

Ante la cercanía de cumplir los 60 años el 29-07-2022 tengo pensado solicitar la Jubilación anticipada voluntaria y quisiera saber si los años de interino en enseñanza computa para poder jubilarme con el máximo el día 08-09-2022

Aprobé las oposiciones en Andalucía al Cuerpo 509 de P.E.S. Grupo A1 y apareciendo en el Portal docente a la fecha de hoy 17.05.2022 el siguiente computo de servicios prestados:

PES. funcionario de carrera a1 01-10-1993 17-05-2022 28 años, 7 meses, 17 días

En el Informe de Vida Laboral aparece el siguiente computo:
Ha figurado en situación de alta en el Sistema de la Seguridad Social durante un total de:

6 años 2.227 días 1 meses 5 días

Desearía saber si puedo Jubilarme anticipadamente, con cuanto computo sería en total al 8-9-22 y si percibiría el máximo pues creo que pasaría los 32 años.
Les rogaría que atendieran mi consulta y les quedo previamente muy agradecido.
Si necesitan alguna información les ruego que no duden hacerlo a través de los cauces expuestos al principio de la consulta.
Un Saludo.

Respuesta

Los servicios prestados como funcionario interino computan como servicios efectivos al Estado a efectos de la pensión de jubilación, recomendándole en cualquier caso que para comprobar los servicios que tiene reconocidos, solicite el modelo “CS” de “Certificación de servicios efectivos prestados a las Administraciones Públicas a efectos de derechos Pasivos”, donde deben aparecer los servicios prestados como funcionario interino, como funcionario en prácticas y como funcionario de carrera.

En principio y teniendo en cuenta que habría que verificar la certificación de servicios que le sea expedida, en base a lo que expone, contaría con 35 años de servicios en el Subgrupo A1, por lo que alcanzaría la pensión teórica máxima, fijada en 3,165,69 €, aunque en la practica la pensión efectiva que le corresponderá será de  2.819,18 € brutos mensuales en catorce pagas, al estar establecida la cuantía máxima de las pensiones públicas en dicha cantidad para el presente año, no teniendo por lo tanto, prácticamente efecto en la cuantía de la pensión, en ese caso, los años de servicios que excedan de 32.

Por último, indicarle que le interesa jubilarse el día 2/9/2022, ya que la pensión surtiría efectos desde el día 1/10/2022 y seguiría cobrando la mensualidad hasta el día 30 de septiembre de la CEJA.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía