[03-06-22] Permiso formación y dias de asuntos particulares PAS funcionario Universidad

Pregunta

Soy funcionario de la Escala de Gestión Informática (subgrupo A2) de la Universidad de Granada desde hace un par de meses.

Antes de aprobar como funcionario en la UGR, estaba preparándome las oposiciones de Gestión de Sistemas e Informática del Estado y, actualmente, estoy pendiente de la lectura del último examen.

En el caso hipotético de aprobar dichas oposiciones, mi intención es continuar trabajando en la Universidad de Granada y pedir algún tipo de excedencia en el Estado. Mi problema está en que, previamente al nombramiento, hay que hacer un curso en el que estaría como funcionario en prácticas (en la convocatoria anterior ese curso duró 15 días), pero desconozco si existe algún permiso o licencia (tipo permiso por exámenes) para poder acudir a ese curso como funcionario en prácticas.

Como aprobar una oposición es duro y no puedo saber si en un futuro y por motivos familiares puedo necesitar desplazarme a otro lugar, no quisiera tener que renunciar a esa plaza para siempre por no haber podido realizar el cursillo.

Por ese motivo, os agradecería me informaseis si existe alguna opción para que pueda (si finalmente apruebo) realizar las prácticas previas al nombramiento, teniendo en cuenta que mi antigüedad en la UGR es inferior a un año.

Muchas gracias y un saludo.

Respuesta

Podría solicitar sería el recogido en el art. 54 de la Resolución de 25 de julio de 1997, de la Universidad de Granada, por la que se hace público el Reglamento del personal de administración y servicios de esta Universidad, donde se contempla que se podrá solicitar un permiso para la realización de cursos de formación o perfeccionamiento profesional fuera del ámbito de la Universidad, cuando la asistencia al curso imposibilite la realización de la jornada laboral.

En cualquier caso, debe tener en cuenta que este permiso en principio es para realizar cursos de perfeccionamiento profesional, por lo que podría darse el caso de que le fuera denegado si la Gerencia entiende que no se trata de un curso de perfeccionamiento.

En el supuesto de que no le fuera concedido dicho permiso, la única opción sería solicitar el permiso contemplado en el art. 55 de la citada Resolución, aunque debe tener en cuenta que su duración es de diez días, y tendría que solicitar expresamente a la Gerencia cuando lo solicite, que le fuera concedida la posibilidad de disfrutar de estos días de forma consecutiva, dadas las circunstancias excepcionales, debiendo ésta decidir al respecto previo informe del superior jerárquico correspondiente.

Por último, indicarle que le recomendamos que, aunque la fase de prácticas sea solo de 15 días, consulte en la Universidad si existiría algún tipo de incompatibilidad conforme a lo estipulado en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ya que durante dicho periodo tendría un nombramiento como funcionario en prácticas en la Administración del Estado y un nombramiento como funcionario en la Universidad de Granada.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía