[03-06-22] Dispensa para ser nombrado vocal oposiciones mayores de 55 años

Pregunta

Mi consulta es con respecto a la composición de los tribunales de oposiciones.
No es mi caso, pero me planteo si los mayores de 55 quedan exentos de ello o la reducción por edad no se contempla como reducción de jornada y por tanto no "choca" con el derecho.

Gracias, saludos

Respuesta

Las únicas causas de dispensa, abstención y recusación para no ser nombrado vocal de un tribunal de oposiciones son las recogidas en los apartados 3, 4 y 5 del art. 8 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes y en las convocatorias de oposiciones, en este caso en la base 5.5 de la Orden de 23 de febrero de 2022.

Entre dichas causas no se encuentra la de estar disfrutando de una reducción de jornada por cuidado de hijo ni de una reducción de jornada por se mayor de 55 años, aunque sí es cierto que la practica habitual es que en el caso de la reducción de jornada por cuidado de hijo no se nombre vocal al personal que este disfrutando de dicha reducción, ya que ello supondría dejar sin efecto un derecho reconocido para la conciliación de la vida familiar y laboral.

En el caso de la reducción de jornada para los mayores de 55 años, por el contrario, aunque se reconoce este derecho en el art. art. 23.3 de la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, en el art. 3 de la Orden de 4 de septiembre de 1987 por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios públicos docentes en su redacción dada por la Orden de 16 de abril de 2008, y en las Ordenes que regulan la organización y funcionamiento de los centros, debe tener en cuenta que dicha reducción no conlleva una reducción de la jornada laboral, sino del horario lectivo, por lo que el nombramiento como vocal, no tendría incidencia en el reconocimiento de dicho derecho, y por lo tanto no estarán dispensados de formar parte de los tribunales de oposiciones.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía