[06-06-22] Cómputo materia de religión en bachillerato

Pregunta

En el cálculo de la nota media de Bachillerato, según la nueva ley, la religión no cuenta, pero ¿se refiere la ley a la nota de religión tanto de 1º (curso pasado) como de 2º, o contaría para la nota media la nota conseguida en religión el curso pasado en 1º? Gracias.

Respuesta

En primer lugar, indicarle que la calificación de la asignatura de religión no cuenta, a efectos de lo dispuesto en la Disposición adicional primera del Real Decreto 243/2022 de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE 06-04-2022), es decir no cuenta ni para el cálculo de la nota media a efectos de acceso a otros estudios, como por ejemplo en el caso del acceso a la Universidad, ni tampoco en las convocatorias para la obtención de becas y ayudas al estudio en que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos, pero sí cuenta a efectos de la nota media que aparece en el título de bachillerato, que debe calcularse con la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas, incluida la materia de religión, tal y como aparece recogido en el art. 22.4 del citado Real Decreto.

Una vez expuesto lo anterior, y en cuanto a la cuestión planteada indicarle que al hacer referencia dicha disposición a la materia de religión, sin especificar el curso, debe entenderse que se refiere a la materia de religión de bachillerato en general, es decir tanto a la cursada en el primer curso como a la cursada en el segundo curso, debiendo tener en cuenta, en este sentido que las normas deben ser interpretadas conforme al “sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”, tal y como se dispone en el art. 3 del Código Civil.

Lo que sí debe tener en cuenta es que, según el calendario de implantación de la Ley Orgánica 3/2020 recogido en su Disposición final quinta, para el alumnado que finaliza los estudios de bachillerato este curso, sí contará la materia de religión a todos los efectos, ya que comenzó dichos estudios en el curso 2020-21 sin haberse aprobado la Ley 3/2020 comenzando a aplicarse a los que comenzaron la etapa en el curso 2021-22.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.