[08-06-22] Obligación asistencia a reuniones equipos de ciclo

Pregunta

¿Es legal que el jefe de estudios no asista nunca a las reuniones del ciclo al que está adscrito?
Muchas gracias

Respuesta

El jefe de estudios, como cualquier otro docente miembro del equipo de ciclo debe asistir a las reuniones que se celebren, salvo que exista una causa debidamente justificada, ya que dichas reuniones forman parte de las treinta horas de obligada permanencia en el centro, concretamente forman parte del horario no lectivo, tal y como se recoge en el art. 13.3 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación infantil  y primaria y de los centros de educación especial:

a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y, en su caso, de éstos con los departamentos del instituto de educación secundaria al que se encuentre adscrito el centro.

b) ….

Por lo expuesto, entendemos que, si las ausencias son reiteradas y sin justificación, le recomendamos que soliciten al jefe de estudios que asista a dichas sesiones o justifique las ausencias, no solo porque forman parte de su jornada laboral, sino también porque puede tener un efecto perjudicial en su alumnado, por la relevancia de las cuestiones que se tratan en estas sesiones (elaboración y seguimiento de las programaciones didácticas, medidas de atención a la diversidad etc..)  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía