[09-06-22] solicitud complemento MUFACE IT

Pregunta

Me encuentro de baja por IT, habiendo llegado ya al día 91. He solicitado el subsidio a MUFACE, pero sin adjuntar el modelo 145 porque no tengo particularidades que declarar (entendí que sólo es necesario cuando se tienen descendientes o ascendientes a cargo, etc., ¿Es así o debería haberlo adjuntado?). Querría saber si, una vez recibida respuesta por parte de MUFACE, debo realizar alguna gestión más con la Delegación Territorial o con Consejería para el pago total de la compensación.
Muchas gracias por su ayuda.

Respuesta

El modelo 145 siempre debe ser presentado, junto con la solicitud del subsidio, aunque no tenga hijos o ascendientes a su cargo, para que la Agencia tributaria conozca su situación a efectos de la práctica de las retenciones correspondientes, por lo que le recomendamos que vuelva a presentar de nuevo la solicitud adjuntando dicho modelo. Dicha solicitud podrá presentarla de forma telemática a través de la sede electrónica de la página web de MUFACE a la que podrá acceder a través de este enlace:
https://www.muface.es/muface_Home/muface_Index.html

Una vez presente la solicitud, el órgano de personal remitirá a MUFACE el parte de baja y los de confirmación, así como el certificado de retribuciones, no teniendo usted que realizar ninguna actuación más.

En el caso de que la suma de la cantidad abonada como subsidio y la abonada por la Delegación territorial no alcanzara el salario íntegro que venía percibiendo antes de pasar a la situación de IT la Delegación le abonará, sin necesidad de solicitarlo, un complemento (aparece en la nómina con el código 26) a fin de que las retribuciones no sufran pérdidas por estar de baja, en aplicación del acuerdo sindical plasmado en la adicional sexta de la Ley 6 /1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, debiendo tener en cuenta en cualquier caso, que la suma de las cantidades que perciba del órgano para el que presta sus servicios y la correspondiente al subsidio, no podrá exceder del importe de las percepciones que viniera percibiendo el tercer mes de la licencia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía