[10-06-22] Efectos revisión Incapacidad Pemanente Total interino

Pregunta

En septiembre 2021 me dieron la incapacidad permanente total para mi profesión habitual. Para finales de julio 2022 tengo revisión por si hay mejoría.
¿Debo participar en las adjudicaciones 2022?
Un saludo

Respuesta

El procedimiento de declaración y revisión de las situaciones de incapacidad permanente total, se encuentra recogido en el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, y en el Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Una vez expuesto lo anterior, y en cuanto a la cuestión que nos plantea, indicarle que debido a que cuando se publique la convocatoria del procedimiento de colocación de efectivos a mediados del presente mes, usted continuará en situación de incapacidad permanente total, y probablemente cuando se resuelva ésta definitivamente en el mes de agosto también, no tiene qué participar en dicho procedimiento, debiendo tener en cuenta si como consecuencia de dicha revisión, se acordara a partir del mes de septiembre, que se ha producido una mejoría y que por lo tanto ha desaparecido la incapacidad para las tareas docentes, debe solicitar pasar a la situación de activo en la bolsa, debiendo participar en los procedimientos de cobertura de vacantes y sustituciones (SIPRI) a los que sea convocada.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía