[27-06-22] Solicitud puestos a media jornada colocación de efectivos
Pregunta
¿Podría solicitar puestos a media jornada en la colocación de efectivos?
Muchas gracias.
Respuesta
En la Resolución de 3 de junio de 2022 de la Viceconsejería, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2022/2023 (BOJA 13-06-2022), efectivamente se contempla la posibilidad de solicitar puestos a media jornada, pero dichos puestos solo se corresponden a puestos en Escuelas Oficiales de Idiomas y resto de Enseñanzas de Régimen Especial, por lo que salvo que usted pertenezca alguno de los cuerpos que tienen encomendada la impartición de estas enseñanzas, no podrá solicitar puestos a media jornada.En el caso de que así sea, lo que sí debe tener en cuenta es que, tal y como aparece recogido en la base tercera de la citada Resolución, la petición de un destino a media jornada conlleva que para esa petición solo se adjudicará, una vacante a media jornada, por lo que deberá consignar una nueva petición al mismo centro/ localidad sin marcar la columna media jornada para poder acceder a puestos a jornada completa.
En el supuesto de que usted no pertenezca a ninguno de dichos cuerpos, la única opción sería solicitar una reducción de jornada de un tercio o de la mitad de la misma por cuidado de hijo o de familiares, si se dieran las circunstancias, o una reducción de jornada de hasta un máximo de un 10%, por interés particular, lo cual deberá manifestar en el apartado 7 del Anexo II, debiendo adjuntar la documentación acreditativa correspondiente, en el caso de la reducción de jornada por cuidado de hijo o familiares.
En cualquier caso, debe tener en cuenta, por un lado, que una vez se publique la resolución definitiva, dispone del plazo de cinco días hábiles para renunciar a la reducción de jornada solicitada, y por otro lado que solo se podrá solicitar la reducción de jornada por una sola vez en el curso académico, y se extenderá en todo caso hasta la finalización del mismo (31 de agosto), salvo que se de alguna circunstancia sobrevenida debidamente acreditada en el caso de la reducción por cuidado de hijo o familiares.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía