[29-07-22] Causas de excepción a la exclusión de las bolsas y opción por una bolsa
Pregunta
Pertenezco a dos bolsas de dos cuerpos distintos ¿Si renuncio a la vacante adjudicada en una de ellas me expulsarían de esa bolsa?
Por otro lado, en el caso de que no renunciara ¿cuándo salga convocatoria de oposiciones, podría optar por una de las bolsas y llevar el tiempo a una sola bolsa?
Muchas gracias.
Un saludo.
Respuesta
Los destinos adjudicados en la colocación de efectivos son irrenunciables, salvo que concurra alguna de las causas de excepción a la exclusión de las bolsas recogidas en el art. 51 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el personal funcionario de carrera, o en el artículo 63.2 de la presente orden, para el personal funcionario interino.
b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
En cualquier caso, si concurriera alguna de dichas causas, la renuncia tendría que presentarla cuando se publique la adjudicación definitiva de destinos provisionales.
En el supuesto de que no existiera ninguna causa de excepción, si no se incorporara a su puesto de trabajo, sería excluido de la bolsa, al ser ésta una de las causas de exclusión contempladas en el art. 50 de la citada Orden, debiendo tener en cuenta que si tras la exclusión ingresara de nuevo, lo haría como aspirante, pudiendo solicitar, a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos en el momento en el que le adjudiquen una sustitución o vacante, y comience a prestar servicios, el reconocimiento de los servicios que tuviera reconocidos antes de la expulsión, surtiendo efectos a partir del 1 de septiembre del curso siguiente al de la fecha de la resolución de reconocimiento.
En cuanto a la segunda cuestión planteada, si ocupa su vacante, cuando participe en la próxima convocatoria de oposiciones podría efectivamente marcar la opción por una bolsa, debiendo tener en cuenta que al tratarse de bolsas de especialidades de dos cuerpos diferentes se beneficiará del 50% del tiempo de servicio que tenga reconocido en la otra. (art. 49 Orden de 10 de julio de 2020).
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía