[14-09-22] Baremación concurso de traslados

Pregunta

Me acabo de incorporar a mi segundo destino definitivo. En el apartado 1.1.1 del baremo tengo 39 puntos. Mi pregunta es: ¿son estos puntos baremables cuando concurse al tercer destino definitivo o es que ya los he perdido al incorporarme al segundo? Y los puntos del apartado 1.1.3. dejarían de ser baremables para un tercer concurso de traslados? Muchas gracias y disculpen las molestias.

Respuesta

Cuando vuelva a participar en el concurso de traslados, solo le puntuará en el apartado 1.1.1 (antigüedad en el centro), los años de permanencia ininterrumpida como funcionario de carrera con destino definitivo, en el centro desde el que participa en el concurso de traslados, tal y como aparece recogido en el Anexo I del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, perdiendo por lo tanto los puntos correspondientes a los servicios prestados como personal funcionario de carrera con destino definitivo en sus anteriores destinos.  

Igualmente, tampoco se le incluirá el tiempo de servicio como personal funcionario de carrera en régimen de provisionalidad, como sí habrá ocurrido en la actual convocatoria.

En cuanto a la puntuación del apartado 1.1.3, tal y como aparece recogido en la segunda Disposición complementaria de la última convocatoria de concurso de traslados:

“Procederá asignar puntuación por el subapartado 1.1.3 a los participantes en el concurso que se encuentren en las siguientes situaciones:

- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.1 con destino definitivo en plaza, puesto o centro de especial dificultad, siempre que se esté ocupando.

- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.2 y durante el tiempo de provisionalidad hayan estado en una plaza, puesto o centro de especial dificultad.

 - Los participantes de los subapartados 1.1.1 y 1.1.2 que tengan concedida una comisión de servicio en otra plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad.

- Cuando se participe desde el primer destino definitivo no se valorarán, los servicios en centros de este tipo que se prestaron en la provisionalidad que se valora en el subapartado 1.1.2.


Por lo expuesto, podrá obtener puntuación en este apartado si participa desde un puesto o centro de especial dificultad, incluso en el caso de que lo esté ocupando en comisión de servicio.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía